La expresión procede del latín matrimonium ratum et non consummatum.
- Rato significa que el matrimonio ha sido válidamente celebrado y, entre dos bautizados, constituye un sacramento.
- No consumado significa que los cónyuges todavía no han realizado el acto conyugal que perfecciona corporalmente la unión matrimonial.
El matrimonio nace del consentimiento válido de los contrayentes. Desde ese momento surge entre ellos un vínculo perpetuo y exclusivo, que no depende de la voluntad posterior de los esposos. La consumación no crea el matrimonio, pero aporta a la unión matrimonial una perfección específica, tanto en el plano corporal como en el sacramental.1,2
El Código de Derecho Canónico distingue así entre:
- Matrimonio rato y no consumado (ratum tantum).
- Matrimonio rato y consumado (ratum et consummatum).
Ambos son matrimonios válidos. La diferencia principal afecta a la firmeza extrínseca del vínculo: el matrimonio rato y consumado no puede disolverse por ninguna autoridad humana, mientras que el matrimonio rato y no consumado puede ser disuelto por el Romano Pontífice, si existe causa justa.3,4
