A lo largo del año litúrgico, la Iglesia celebra el misterio de Cristo y venera particularmente a María; también propone a la devoción de los fieles las memorias de los mártires y de los demás santos. La memoria permite recordar litúrgicamente a esas figuras sin que la celebración desplace por completo el oficio propio del día de la semana.3,2
Las celebraciones se ordenan conforme a su importancia y reciben uno de estos grados: solemnidad, fiesta o memoria. Dentro de las memorias, la Iglesia distingue entre las obligatorias y las facultativas. La diferencia principal es que las primeras están inscritas con carácter obligatorio en el calendario aplicable, mientras que las segundas permiten optar por celebrar al santo o conservar la liturgia ferial.1,2,4
El término «obligatoria» describe el rango de la celebración en el calendario litúrgico; no convierte cada memoria en una solemnidad ni altera por sí mismo la jerarquía de los días litúrgicos. Las memorias obligatorias ocupan un lugar inferior a celebraciones de mayor rango y ceden ante los días que las normas colocan por encima de ellas.5,6



