Dignidad de la persona humana
La dignidad humana constituye el principio central. Todo migrante conserva íntegramente sus derechos por el simple hecho de ser persona. Entre esos derechos figuran la vida, la integridad física y moral, la libertad religiosa, la convivencia familiar, el trabajo digno, la atención sanitaria, la educación y la protección frente a la violencia y la explotación.
La Iglesia rechaza cualquier tratamiento que convierta al migrante en una mercancía, una amenaza abstracta, una herramienta electoral o una simple unidad de trabajo. La utilización de personas migrantes como instrumentos de rivalidad política contradice su dignidad y agrava su vulnerabilidad.
Bien común
El bien común no equivale al interés particular de un grupo nacional ni a la defensa exclusiva del bienestar económico de los ciudadanos. Comprende las condiciones sociales que permiten a todas las personas y comunidades alcanzar una vida digna.
La doctrina social aplica el bien común a escala universal. Las decisiones sobre migración deben considerar tanto las capacidades y responsabilidades de las sociedades receptoras como las necesidades reales de quienes huyen de la pobreza, la guerra, la persecución o la falta de oportunidades. La defensa legítima del orden público no puede convertirse en indiferencia ante quienes buscan protección o medios básicos de subsistencia.
Las autoridades públicas tienen competencia para regular los flujos migratorios en atención al bien común. Esa regulación debe respetar los derechos fundamentales y evitar decisiones unilaterales que perjudiquen a las personas más débiles.
Solidaridad
La solidaridad expresa la responsabilidad compartida ante la suerte de los demás. No consiste en una emoción pasajera, sino en una decisión moral y política que lleva a combatir las causas de la pobreza, la guerra, la persecución y la exclusión.
Los países más desarrollados no pueden desentenderse de los desequilibrios que impulsan migraciones forzadas. La cooperación económica y técnica debe respetar las tradiciones, la salud, la vida familiar y la dignidad de las poblaciones locales. También debe favorecer condiciones que permitan a las personas vivir con seguridad y esperanza en su propia tierra.
Destino universal de los bienes
La doctrina social enseña que los bienes de la tierra están destinados a todos. Este principio no elimina el derecho a la propiedad ni las competencias legítimas de los Estados, pero impide considerar los recursos, las oportunidades y la seguridad como privilegios absolutos de unos pueblos frente a otros.
La desigual distribución de los bienes, la explotación económica y la falta de servicios esenciales pueden obligar a millones de personas a abandonar su hogar. Por ello, una política migratoria justa debe acompañarse de políticas de desarrollo, empleo digno, educación, sanidad, paz y protección ambiental en los países de origen.
Subsidiariedad y responsabilidad de los Estados
La subsidiariedad pide que cada autoridad actúe en el nivel adecuado y que las instancias superiores apoyen, sin sustituir injustificadamente, a las comunidades y organismos más cercanos a las personas.
Los Estados tienen derecho y deber de regular sus fronteras, establecer procedimientos jurídicos y proteger la seguridad pública. La Iglesia no propone una ausencia de normas. La acogida debe respetar el ordenamiento jurídico y combinarse con la persecución firme de los abusos, especialmente la trata de personas, el tráfico de migrantes y la explotación laboral o sexual.
Al mismo tiempo, las leyes deben proteger a quienes necesitan asilo, evitar medidas desproporcionadas y ofrecer procedimientos accesibles, rápidos y justos. La soberanía estatal no autoriza a tratar a las personas como objetos descartables.