Dos realidades distintas
La semejanza entre algunas tareas del monaguillo y las del acólito instituido puede provocar confusión. Ambos sirven al altar y ayudan al sacerdote y al diácono, pero pertenecen a categorías diferentes:
- El monaguillo desempeña una función litúrgica confiada por la parroquia o por la autoridad competente.
- El acólito instituido recibe un ministerio estable mediante un rito litúrgico de institución.
- El monaguillo no adquiere por su servicio las competencias propias del acólito instituido.
- La institución como acólito no equivale a una ordenación, aunque constituye un ministerio litúrgico formal.
La Ordenación General del Misal Romano atribuye al acólito instituido el servicio del altar y la ayuda al sacerdote y al diácono. Entre sus responsabilidades figuran la preparación del altar y de los vasos sagrados y, cuando resulta necesario, la distribución de la Eucaristía como ministro extraordinario.
El monaguillo puede realizar muchas tareas prácticas del servicio del altar, pero no por ello recibe automáticamente las facultades propias del acólito instituido. La autorización para servir en el altar no confiere, por sí misma, el derecho a distribuir la comunión.
El acolitado instituido
El acólito instituido está destinado de manera peculiar al servicio del altar. Su ministerio comprende la asistencia al sacerdote y al diácono, la atención de los vasos y objetos sagrados y, en circunstancias determinadas, la distribución de la sagrada comunión como ministro extraordinario. También puede colaborar en la preparación de otros fieles que reciban una delegación temporal para tareas litúrgicas.
La institución se confiere mediante un rito litúrgico aprobado por la Santa Sede y corresponde al ordinario competente. El candidato debe manifestar una voluntad firme de servir fielmente a Dios y al pueblo cristiano.
En la disciplina tradicional descrita por los documentos litúrgicos, el acolitado instituido aparece como un ministerio reservado a los varones, mientras que el servicio del altar puede confiarse a varones y mujeres, niños y niñas, conforme a las normas establecidas por el obispo diocesano.
Por tanto, conviene distinguir cuidadosamente:
Monaguillo: servidor del altar, sin institución formal en el ministerio del acolitado.
Acólito instituido: ministro laico instituido mediante un rito litúrgico, con funciones propias y responsabilidades específicas.