El Catecismo de la Iglesia Católica resume la estructura del acto moral con una fórmula decisiva:
«Un acto moralmente bueno requiere simultáneamente la bondad del objeto, del fin y de las circunstancias».
Estos tres elementos no tienen idéntica función.
El objeto moral
El objeto moral es aquello que la voluntad elige directamente. No coincide siempre con la descripción meramente física de la conducta. «Mover la mano» es una descripción física insuficiente; la persona puede estar saludando, golpeando, firmando un documento, robando o ayudando.
La descripción moral debe captar el contenido elegido por la voluntad. Por ejemplo:
- entregar un bien propio a quien lo necesita puede constituir una limosna;
- tomar un bien ajeno contra la voluntad de su dueño constituye un robo;
- administrar una sustancia terapéutica para curar puede constituir un tratamiento médico;
- administrar una sustancia con la intención directa de matar a un inocente constituye una acción homicida.
El objeto puede hacer que una acción sea buena o mala por sí misma. Un acto cuyo objeto contradice gravemente el bien de la persona o el orden de la razón no queda justificado por una intención posterior. El Compendio del Catecismo enseña que un objeto elegido puede viciar la acción entera, aunque la intención sea buena.
La tradición católica llama intrínsecamente mala a la acción que, por su objeto moral, resulta desordenada siempre que alguien la elija deliberadamente. Ninguna circunstancia ni ningún resultado beneficioso transforma en buena una elección cuyo objeto es intrínsecamente malo.
El fin o intención
El fin es aquello que la persona pretende alcanzar mediante su acción. Pertenece al acto interior de la voluntad y puede conferir una nueva determinación moral al comportamiento.
Una acción objetivamente buena puede quedar corrompida por una intención mala. Dar una ayuda económica puede ser exteriormente una limosna, pero la persona podría realizarla para humillar al necesitado, comprar su dependencia o obtener una ventaja injusta. El objeto exterior conserva ciertos rasgos buenos, pero la intención desordenada perjudica la moralidad del acto completo.
La doctrina católica también rechaza el razonamiento contrario: un fin bueno no convierte en buena una acción cuyo objeto es malo. Ayudar a la familia, evitar una dificultad económica o alcanzar un resultado social beneficioso no legitima el asesinato, el engaño deliberado, el robo o cualquier otro acto intrínsecamente desordenado. El principio clásico expresa esta verdad así: el fin no justifica los medios.
La unidad entre fin y objeto explica que la persona no sólo «quiera algo bueno» en términos generales, sino que elija una determinada vía para alcanzarlo. La voluntad tiende al fin y escoge los medios; ambos elementos pertenecen a la conducta moral concreta.
Las circunstancias
Las circunstancias son las condiciones que rodean el acto: quién actúa, qué cantidad está implicada, contra quién se dirige la acción, cuándo y dónde ocurre, mediante qué medios y con qué consecuencias previsibles.
Pueden:
- aumentar o disminuir la responsabilidad subjetiva;
- agravar o atenuar la malicia de una acción;
- hacer más prudente o imprudente una conducta;
- añadir una nueva especie moral en ciertos casos;
- determinar si una acción inicialmente indeterminada queda ordenada o desordenada.
Sin embargo, las circunstancias no pueden convertir en buena una acción mala por su objeto. El Compendio enseña que pueden aumentar o disminuir la responsabilidad de quien actúa, pero no cambian por sí solas la calidad moral esencial del acto ni hacen bueno un acto intrínsecamente malo.
Santo Tomás distingue entre circunstancias que sólo agravan una malicia ya existente y circunstancias que pueden especificar una nueva clase de pecado. Por ejemplo, el valor extraordinario de un bien puede agravar un robo; el carácter sagrado del bien puede introducir una especie moral distinta. Otros rasgos, como el color del objeto robado, carecen de relevancia moral propia.