Origen bíblico y patrístico
El sello se basa en la revelación divina del sacramento de la reconciliación, donde Cristo confía a los sacerdotes la misión de escuchar al pecador in persona Christi y de proteger la confidencialidad de esa encuentro espiritual1. Los Padres de la Iglesia y los concilios primitivos ya advertían que la confesión debía permanecer oculta para que el penitente pudiera acercarse a Dios sin temor2.
Desarrollo canónico
El derecho canónico consagra el sello en los cánones 983 y 1388 del Código de Derecho Canónico (CIC) y en el canon 1456 del Código de Derecho Canónico de las Iglesias Orientales (CCEO)3,1. El Catecismo de la Iglesia Católica lo define como un secreto que «no admite excepciones» y que obliga al sacerdote a no usar la información obtenida en confesión4,5. El Compendio del Catecismo reitera que el confesor está «vinculado sin excepción y bajo severas penas»6.
