La conciencia moral es el juicio de la razón mediante el cual la persona reconoce la bondad o malicia de una acción concreta que va a realizar, está realizando o ya ha realizado. La conciencia aplica principios morales universales a una situación particular. No crea el bien y el mal, sino que discierne cómo debe actuar la persona aquí y ahora.
La encíclica Veritatis splendor rechaza la idea de que la conciencia individual sea un tribunal supremo que determine por sí mismo los criterios del bien y del mal. Juan Pablo II explica que la conciencia auténtica aplica el conocimiento universal del bien a una situación concreta; por tanto, permanece vinculada a la verdad moral objetiva.1
La objeción de conciencia nace cuando una autoridad política, administrativa, profesional o institucional exige una conducta que la persona juzga moralmente ilícita. La cuestión decisiva no consiste únicamente en saber si la ley permite o impone una conducta, sino en determinar si dicha conducta respeta la dignidad humana y la ley moral.
La libertad no puede convertirse en una fuente absoluta de los valores. La conciencia necesita permanecer abierta a la verdad sobre el bien humano.1
La Iglesia reconoce la autoridad civil y el deber ordinario de obedecer las leyes justas. Sin embargo, la autoridad política posee una legitimidad limitada: no puede convertir en bueno un acto intrínsecamente malo ni exigir legítimamente una conducta contraria a la ley de Dios.
