Santo Domingo de Guzmán
Domingo de Guzmán nació hacia 1170 en Caleruega, en el reino de Castilla. Después de formarse en Palencia, ingresó en el cabildo de canónigos regulares de Osma. Allí cultivó la oración, la vida común y el estudio de la Sagrada Escritura.
Durante un viaje por Europa conoció la extensión de la herejía cátara en el Languedoc. La pobreza y el estilo de vida de los predicadores cátaros contrastaban con la riqueza y la escasa preparación de muchos ministros católicos. Domingo comprendió que la renovación de la predicación exigía una vida evangélica, una sólida formación doctrinal y una presencia cercana entre la población.
En torno a 1205 comenzó una actividad apostólica estable en el Languedoc. El papa Inocencio III había alentado la predicación apostólica como respuesta a la crisis religiosa de la región. En ese contexto, Domingo y sus primeros compañeros adoptaron un modo de vida itinerante, basado en la pobreza y en la exposición de la fe cristiana.
Prouille y el origen de la familia dominicana
En 1206 Domingo fundó en Prouille una comunidad de mujeres convertidas del catarismo. Este monasterio desempeñó una función decisiva en los comienzos de la obra dominicana: ofrecía un centro de oración, formación y apoyo espiritual para la misión de los predicadores.
Domingo entregó a la comunidad la Regla de san Agustín, acompañada de normas particulares destinadas a ordenar la vida litúrgica, ascética y comunitaria. La fundación de Prouille anticipó la integración posterior de las monjas contemplativas dentro de la familia de la Orden.
El Concilio de Letrán IV
El IV Concilio de Letrán, celebrado en 1215, limitó la creación de nuevas reglas religiosas. Para cumplir aquella disposición y obtener la aprobación pontificia, Domingo y sus compañeros escogieron la Regla de san Agustín, una norma general que podía recibir una aplicación propia mediante disposiciones específicas.
Esta decisión explica una característica fundamental del derecho dominicano: la Orden no nació con una regla monástica completamente nueva, sino con la Regla de san Agustín como norma general y con unas Constituciones e instituciones propias que adaptaron esa regla a la vida de los predicadores.
Aprobación pontificia
El papa Honorio III confirmó solemnemente la Orden el 22 de diciembre de 1216 mediante la bula Religiosam vitam. La aprobación pontificia otorgó existencia jurídica plena a la comunidad de frailes reunida en torno a Domingo y reconoció su misión de predicar bajo la autoridad de la Iglesia.
En 1217, Domingo dispersó a sus primeros frailes por distintos lugares de Europa. Aunque la comunidad todavía era pequeña, aquella decisión permitió que la Orden arraigara rápidamente en centros eclesiales y universitarios. En 1218 Honorio III dirigió una bula a obispos, abades y priores para solicitar su colaboración con los frailes predicadores.
La Orden de Predicadores pertenece, por tanto, al fenómeno religioso y eclesial del siglo XIII. Su aprobación, expansión inicial y configuración institucional tuvieron lugar durante las primeras décadas de ese siglo.