Ordenación episcopal
La ordenación episcopal es el rito sacramental mediante el cual un sacerdote es elevado al orden de obispo, confiriéndole la plenitud del sacramento del Orden Sacerdotal. Este acto lo constituye en sucesor de los Apóstoles, dotándolo de los oficios de santificar, enseñar y gobernar la Iglesia en comunión jerárquica con el Romano Pontífice y los demás obispos. Es un momento crucial en la vida de la Iglesia, que asegura la continuidad de la misión apostólica iniciada por Cristo.
Tabla de contenido
Naturaleza y Significado del Episcopado
El episcopado es el grado más alto del sacramento del Orden Sacerdotal1,2. Los obispos son considerados, en la tradición litúrgica y en el lenguaje de los Padres de la Iglesia, como poseedores del «sumo sacerdocio» o la «cima del ministerio sagrado»1,2. Mediante la consagración episcopal, los obispos asumen de manera eminente y visible el lugar de Cristo mismo, actuando en su persona como maestro, pastor y sacerdote1,2,3,4.
El sacramento del Orden Sacerdotal, en sus tres grados (episcopado, presbiterado y diaconado), es conferido por un acto sacramental llamado «ordenación»2. Aunque el término sacerdos se usa comúnmente para obispos y presbíteros, no se aplica a los diáconos, ya que el diaconado está destinado a ayudar y servir a los obispos y presbíteros2,5. La ordenación episcopal confiere un carácter sagrado indeleble, lo que significa que no puede ser repetida ni revocada4,6.
Los obispos son constituidos como verdaderos y auténticos maestros de la fe, pontífices y pastores por la virtud del Espíritu Santo que se les ha dado1,2. Cada obispo, como vicario de Cristo, tiene el cuidado pastoral de la Iglesia particular que se le ha confiado, y al mismo tiempo comparte colegialmente con los demás obispos la solicitud por todas las Iglesias1.
Fundamentos Bíblicos y Desarrollo Histórico
La institución del ministerio eclesiástico, ejercido en diferentes grados, se remonta a los obispos, presbíteros y diáconos desde tiempos antiguos2. La tradición de la Iglesia reconoce que la función principal, desde los primeros tiempos, es la de aquellos que, por su nombramiento a la dignidad y responsabilidad de obispo, y en virtud de una sucesión ininterrumpida desde el principio, son considerados transmisores de la línea apostólica1,2.
Orígenes Apostólicos
Los Apóstoles, para cumplir su misión, fueron dotados por Cristo con una efusión especial del Espíritu Santo. Transmitieron este don del Espíritu a sus colaboradores mediante la imposición de manos, y este don se ha transmitido hasta nuestros días a través de la consagración episcopal1,2,4. El Concilio Vaticano II enseña que los obispos, por institución divina, han sucedido a los Apóstoles como pastores de la Iglesia7.
En el Nuevo Testamento, aunque la distinción entre presbíteros y obispos no siempre es clara debido a la intercambiabilidad de los nombres en algunos pasajes8, la tradición universal e incuestionable de finales del siglo II sostiene que los obispos y su autoridad superior datan de tiempos apostólicos8. Figuras como Santiago, hermano del Señor, en Jerusalén8,9, y Timoteo y Tito en Éfeso y Creta, respectivamente, poseían plena autoridad episcopal y fueron reconocidos así en la tradición8,9.
Los Apóstoles no solo tuvieron ayudantes en su ministerio, sino que, para que la misión que se les había encomendado continuara después de su muerte, transmitieron a sus colaboradores inmediatos el deber de confirmar y terminar la obra que ellos mismos habían comenzado7. Nombraron a tales hombres y les dieron la orden de que, cuando ellos murieran, otros hombres aprobados asumieran su ministerio7.
Evolución del Episcopado Monárquico
En los primeros días de la Iglesia, los documentos del Nuevo Testamento muestran una diversidad en la organización de las comunidades10. Sin embargo, en el período inmediatamente posterior, hubo una tendencia a afirmar y fortalecer el ministerio de enseñanza y liderazgo10. Los que dirigían las comunidades en vida de los Apóstoles o después de su muerte recibían diferentes nombres, pero su característica distintiva era su ministerio apostólico de enseñar y gobernar10.
A finales del siglo I, la situación era que los Apóstoles o sus colaboradores más cercanos o, finalmente, sus sucesores, dirigían los colegios locales de episkopoi y presbyteroi10. A principios del siglo II, la figura de un único obispo como cabeza de las comunidades aparece muy claramente en las cartas de San Ignacio de Antioquía10,11. Ignacio subraya la importancia de seguir al obispo como a Jesucristo sigue al Padre, y de respetar a los presbíteros como a los Apóstoles, y a los diáconos como mandamiento de Dios12. Aunque Ignacio no elaboró una doctrina explícita de la sucesión apostólica, sus escritos la presuponen y muestran una jerarquía establecida de obispo, presbíteros y diáconos11,13,14. Esta institución de un solo obispo, conocida como monepiscopacy, se había establecido firmemente en la Iglesia para la época de Ignacio11.
Durante el siglo II, esta institución fue explícitamente reconocida como portadora de la sucesión apostólica10. La ordenación con imposición de manos, ya atestiguada en las Epístolas Pastorales, se convirtió en un paso importante para preservar la Tradición apostólica y garantizar la sucesión en el ministerio10,15. Documentos del siglo III, como la Tradición Apostólica de Hipólito, muestran que esta convicción se alcanzó pacíficamente y se consideró una institución necesaria10.
Los Tres Grados del Sacramento del Orden
La doctrina católica reconoce dos grados de participación ministerial en el sacerdocio de Cristo: el episcopado y el presbiterado. El diaconado está destinado a ayudarlos y servirlos2.
El Episcopado: Plenitud del Orden Sacerdotal
La consagración episcopal confiere la plenitud del sacramento del Orden1,2,4. Esto significa que el obispo recibe el munus sanctificandi (oficio de santificar), el munus docendi (oficio de enseñar) y el munus regendi (oficio de gobernar)1,2,4. Estos oficios, sin embargo, solo pueden ser ejercidos en comunión jerárquica con el Romano Pontífice y los demás miembros del colegio episcopal1,4,16.
Los obispos, en comunión jerárquica con el Romano Pontífice, constituyen el Colegio Episcopal, que manifiesta y ejerce en la Iglesia la función de Cristo Cabeza3,16.
El Presbiterado: Colaboradores de los Obispos
Cristo hizo partícipes de su consagración y misión a los Apóstoles, y estos, a su vez, confiaron a diversos miembros de la Iglesia el oficio de su ministerio en grados variables1. La función del ministerio de los obispos fue entregada en grado subordinado a los presbíteros para que fueran constituidos en el orden del presbiterado y fueran colaboradores del orden episcopal para el cumplimiento adecuado de la misión apostólica1.
Los presbíteros actúan in persona Christi Capitis (en la persona de Cristo Cabeza), especialmente en la Eucaristía, pero también en todo su ministerio de enseñanza, santificación y gobierno17,18.
El Diaconado: Servicio y Ayuda
El diaconado es el grado más bajo del sacramento del Orden. Los diáconos son ordenados «no para el sacerdocio, sino para el ministerio»5. Su función principal es la de servir a los obispos y presbíteros, especialmente en la liturgia, la predicación y las obras de caridad2. Los diáconos actúan in persona Christi Servi (en la persona de Cristo Siervo)17.
Rito y Requisitos para la Ordenación Episcopal
La ordenación episcopal es un acto sacramental solemne.
Ministro de la Ordenación
El ministro ordinario de la ordenación episcopal es un obispo válidamente consagrado. Para la validez de la ordenación de un obispo, se requiere una intervención especial del Obispo de Roma, ya que él es el vínculo visible supremo de la comunión de las Iglesias particulares en la única Iglesia y el garante de su libertad1. La consagración de un obispo sin un mandato pontificio conlleva la excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica, tanto para el obispo consagrante como para el que recibe la consagración19,20.
Aunque es deseable que todos los obispos presentes participen en la consagración, el Código de Derecho Canónico establece que el obispo consagrante principal debe estar acompañado por al menos otros dos obispos consagrantes, a menos que la Sede Apostólica haya concedido una dispensa21.
Requisitos para el Candidato
Para la idoneidad de un candidato al episcopado, se requiere que sea22:
Sobresaliente en fe sólida, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de otras cualidades que lo hagan apto para cumplir el oficio en cuestión.
De buena reputación.
Al menos de treinta y cinco años de edad.
Ordenado al presbiterado por al menos cinco años.
En posesión de un doctorado o al menos una licenciatura en Sagrada Escritura, teología o derecho canónico de un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en las mismas disciplinas.
El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica22.
Proceso de Nombramiento y Consagración
El Romano Pontífice nombra libremente a los obispos o confirma a los legítimamente elegidos23. Los obispos de una provincia eclesiástica o de una conferencia episcopal deben, al menos cada tres años, elaborar una lista secreta de presbíteros más idóneos para el episcopado y enviarla a la Sede Apostólica23.
Una vez que una persona ha sido promovida al episcopado, debe recibir la consagración episcopal dentro de los tres meses siguientes a la recepción de la carta apostólica y antes de tomar posesión de su oficio, a menos que un impedimento legítimo lo impida24. El obispo promovido no puede asumir el ejercicio del oficio que se le ha confiado antes de haber tomado posesión canónica de la diócesis25.
Conclusión
La ordenación episcopal es un sacramento fundamental que perpetúa la misión apostólica de Cristo en la Iglesia. A través de este rito, los obispos son configurados con Cristo como Maestro, Pastor y Sacerdote, y se integran en el Colegio Episcopal, garantizando la unidad y la continuidad de la fe. Este ministerio, con profundas raíces bíblicas y un desarrollo histórico claro, es esencial para la vida y la estructura de la Iglesia Católica, permitiendo que la gracia y la verdad de Cristo se transmitan a todas las generaciones.
Citas
sección dos, los siete sacramentos de la iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica, § 2.2. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12 ↩13
capítulo tres, los sacramentos al servicio de la comunión, Catecismo de la Iglesia Católica, § 2.2.3. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12 ↩13
Parte uno - Algunos puntos doctrinales - Capítulo II - El ministerio de los obispos dentro de la comunión eclesial orgánica - Cristo cabeza está presente en el ministerio episcopal, Sagrada Congregación para los Obispos. Mutuae Relationes - Directrices para las Relaciones Mutuas entre Obispos y Religiosos en la Iglesia, § 6 (1978). ↩ ↩2
Capítulo III - Sobre la estructura jerárquica de la Iglesia y en particular sobre el episcopado, Concilio Vaticano II. Lumen Gentium, § 21 (1964). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6
La hipótesis del establecimiento: Hacia una teología más integrada del orden sagrado, Dominic Cerrato. La Hipótesis del Establecimiento: Hacia una Teología Más Integrada del Orden Sagrado, § 1. ↩ ↩2
Charles Journet. El Misterio de la Sacramentalidad: Cristo, la Iglesia y los Siete Sacramentos, § 39. ↩
Capítulo III - Sobre la estructura jerárquica de la Iglesia y en particular sobre el episcopado, Concilio Vaticano II. Lumen Gentium, § 20 (1964). ↩ ↩2 ↩3
Orden sagrado, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Orden Sagrado. ↩ ↩2 ↩3 ↩4
La Iglesia, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §La Iglesia. ↩ ↩2
III. Los apóstoles y la sucesión apostólica en la historia, Comisión Teológica Internacional. La Enseñanza Católica sobre la Sucesión Apostólica, § III (1973). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8
Excursus: Sucesión apostólica, Kevin M. Clarke. Ser Obispo de Dios: La Teología del Episcopado Según San Ignacio de Antioquía, § 12. ↩ ↩2 ↩3
El obispo como tipo (τύπος) del Padre, Kevin M. Clarke. Ser Obispo de Dios: La Teología del Episcopado Según San Ignacio de Antioquía, § 5. ↩
Kevin M. Clarke. Ser Obispo de Dios: La Teología del Episcopado Según San Ignacio de Antioquía, § 13. ↩
Kevin M. Clarke. Ser Obispo de Dios: La Teología del Episcopado Según San Ignacio de Antioquía, § 3. ↩
Papa Benedicto XVI. Audiencia General del 28 de enero de 2009: San Pablo (19). Visión teológica de las Cartas Pastorales, §San Pablo (19). Visión teológica de las Cartas Pastorales (2009). ↩
Capítulo I. El Romano Pontífice y el colegio de los obispos, Código de Derecho Canónico, § 336 (1983). ↩ ↩2
Dominic Cerrato. La Hipótesis del Establecimiento: Hacia una Teología Más Integrada del Orden Sagrado, § 27. ↩ ↩2
Lawrence J. Welch y Guy Mansini O.S.B. Reflexiones sobre Presbyterorum Ordinis, § 2. ↩
Capítulo I. La celebración y el ministro de la ordenación, Código de Derecho Canónico, § 1013 (1983). ↩
Título II. Ley penal y precepto penal, Código de Derecho Canónico, § 1387 (1983). ↩
Capítulo I. La celebración y el ministro de la ordenación, Código de Derecho Canónico, § 1014 (1983). ↩
Capítulo II. Obispos, Código de Derecho Canónico, § 378 (1983). ↩ ↩2
Capítulo II. Obispos, Código de Derecho Canónico, § 377 (1983). ↩ ↩2
Capítulo II. Obispos, Código de Derecho Canónico, § 379 (1983). ↩
Capítulo II. Obispos, Código de Derecho Canónico, § 382 (1983). ↩