Fundación y carácter institucional
La creación del Sínodo respondió al deseo de fortalecer la colaboración entre el papa y los obispos en la atención de la Iglesia universal. Desde su configuración inicial, la institución mantuvo un carácter permanente, aunque sus asambleas se convocaran para tratar asuntos concretos y durante periodos determinados.,
La normativa inicial situó al Sínodo bajo la autoridad directa del papa. A este correspondían, entre otras funciones, convocarlo, presidirlo y establecer los asuntos que debía tratar. La institución ofrecía así un cauce estable para la cooperación episcopal, sin sustituir la autoridad propia del pontífice.
De la asamblea puntual al proceso sinodal
La constitución apostólica Episcopalis Communio, promulgada por el papa Francisco en 2018, impulsó una renovación del Sínodo para favorecer el diálogo y la cooperación entre los obispos y entre estos y el obispo de Roma. También vinculó la misión de los pastores con la vida del Pueblo de Dios y con la escucha de los fieles.
Esta orientación permite entender el proceso sinodal como algo más amplio que la reunión de los padres sinodales. La consulta y la escucha eclesial forman parte del camino que conduce a la asamblea; esta reúne y discierne las cuestiones planteadas, y sus conclusiones se insertan en la relación de colaboración entre los obispos y el papa. La evolución modifica el modo de desarrollar el proceso, pero no convierte por sí misma al Sínodo en un concilio ecuménico.,