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Papa Agatón

Agatón fue papa de la Iglesia católica entre 678 y 681. De origen siciliano, destacó por su defensa de la doctrina cristológica de las dos voluntades y dos operaciones en Cristo frente al monotelismo. Durante su pontificado comenzó el III Concilio de Constantinopla, también llamado VI Concilio Ecuménico, cuyos legados presidieron las sesiones y cuya doctrina confirmó la tradición apostólica defendida por Roma.1,2

Agatho
Ver información de la imagenPapa Agatho. http://www.romanodermatt.ch/C%20Ahnenforschung%20(E)/Werke%20Ahnenforschung%20(E)/0667-0696%20(E)/Geschichte%20(E)/Vatikan%200667-0696-Dateien/image005.gif, Autor desconocido, Dominio público. 📄
Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombrePapa Agatón
CategoríaPersona
Nombre CompletoTaumaturgo
DescripciónDefendió la doctrina de las dos voluntades y dos operaciones en Cristo contra el monotelismo
TítuloPapa
Lugar de NacimientoSicilia
Fecha de Muerte681-01-10
Lugar de MuerteRoma
Fecha de Celebración10 de enero
Fin del Pontificado681
Inicio del Pontificado678
Lugar de SepulturaBasílica de San Pedro
Personas relacionadas
  • Dono
  • León II
TipoPapa

Tabla de contenido

Vida y elección pontificia

Origen y formación

Agatón nació en Sicilia hacia el final del siglo VI. Una tradición antigua lo relaciona con la vida monástica y sitúa su formación en el monasterio de San Hermes, en Palermo. La tradición hagiográfica llegó a atribuirle una edad superior a los cien años cuando accedió al pontificado, aunque este dato pertenece al ámbito de las noticias biográficas tradicionales.1

Antes de su elección, Agatón desarrolló una intensa vida cristiana marcada por la oración, la caridad y el servicio eclesial. Su figura quedó asociada posteriormente a la benevolencia pastoral y a los milagros atribuidos a su intercesión, motivo por el que recibió el apelativo de Taumaturgo, es decir, «obrador de maravillas».1

Pontificado

Agatón sucedió al papa Dono y ocupó la sede de Roma desde 678 hasta su muerte en 681. Su pontificado fue breve, pero coincidió con una etapa decisiva para la unidad doctrinal de la Iglesia, marcada por la controversia monotelita y por las tensiones entre las Iglesias de Oriente y Occidente.3

La actividad de Agatón no se limitó a la teología. También atendió cuestiones jurídicas y administrativas relativas a obispos y diócesis, procurando defender los derechos eclesiásticos sin confundir esa labor de gobierno con la definición solemne de la fe.

El contexto religioso del siglo VII

El monotelismo

El monotelismo sostenía que Cristo poseía una sola voluntad. La doctrina pretendía preservar la unidad de la persona de Cristo, pero comprometía la plena realidad de su humanidad. Si Cristo careciera de voluntad humana, su naturaleza humana no sería completa.

La fe católica enseña que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero hombre. Posee una naturaleza divina y una naturaleza humana, unidas en la única persona del Verbo. Por ello, posee también dos voluntades naturales, divina y humana, y dos operaciones naturales, sin división ni confusión. La voluntad humana de Cristo no se opone a la divina, sino que permanece plenamente subordinada a ella.4,5

La controversia había adquirido una dimensión política y eclesial. Algunos emperadores habían intentado imponer fórmulas de compromiso para restaurar la unidad del Imperio, pero aquellas fórmulas no resolvían la dificultad doctrinal. La convocatoria del concilio de Constantinopla pretendía poner fin a la disputa y restablecer la comunión entre Oriente y Occidente.2

La posición de Roma

Agatón convocó en Roma un sínodo de obispos occidentales antes de enviar representantes a Constantinopla. Aquel sínodo condenó el monotelismo y preparó una carta doctrinal destinada al emperador y al concilio. La carta papal presentó la fe romana como continuidad de la tradición recibida de los apóstoles y defendió la integridad de la doctrina sobre Cristo.5,2

La argumentación de Agatón partía de un principio cristológico: la voluntad pertenece a la naturaleza, no a la persona. Puesto que Cristo posee naturaleza divina y naturaleza humana, posee también voluntad divina y voluntad humana. La unidad personal de Cristo no elimina la integridad de sus naturalezas.5

El III Concilio de Constantinopla

Convocatoria y apertura

El emperador Constantino IV convocó el concilio para resolver la controversia monotelita. La asamblea comenzó el 7 de noviembre de 680 en Constantinopla, en una sala abovedada del palacio imperial, circunstancia que explica el nombre griego Trullos, relacionado con «cúpula» o «sala abovedada».5,2

Participaron obispos orientales y representantes de otras sedes patriarcales. La asistencia aumentó durante las sesiones hasta alcanzar aproximadamente 170 obispos. Los legados papales presidieron la asamblea en nombre de Agatón.5,2

El concilio examinó las cartas de Agatón y del sínodo romano. Los padres conciliares las estudiaron junto con la Sagrada Escritura, la tradición patrística y los escritos de autores implicados en la controversia. La recepción de la carta papal no consistió en una aceptación automática: los obispos analizaron su contenido dentro del proceso conciliar y lo consideraron conforme con la fe apostólica.6

La doctrina de las dos voluntades

El concilio afirmó que en Cristo existen:

  • Dos voluntades naturales, una divina y otra humana.
  • Dos operaciones naturales, divina y humana.
  • Una unión personal indivisible del Verbo encarnado.
  • Ausencia de oposición entre la voluntad humana de Cristo y su voluntad divina.

La voluntad humana de Jesús actúa libremente de acuerdo con la voluntad divina. Esta afirmación protege tanto la verdadera humanidad de Cristo como la unidad de su persona. La obediencia de Cristo al Padre no constituye una lucha interna entre dos personas, sino la armonía perfecta de sus dos voluntades naturales en la única persona del Hijo.4,5

Condena del monotelismo

El concilio condenó las posiciones asociadas a Sergio de Constantinopla, Ciro de Alejandría, Pirro, Pablo y Pedro de Constantinopla y Teodoro de Faran. También condenó a Macario de Antioquía, defensor del monotelismo, que terminó depuesto.7,5

La condena no recayó solo sobre una fórmula aislada, sino sobre una doctrina que, a juicio del concilio, deformaba la enseñanza apostólica acerca de la encarnación. La Iglesia consideró que negar la voluntad humana de Cristo afectaba a la realidad plena de su humanidad y, por tanto, a la verdad de la salvación.

Clausura y recepción

El concilio celebró dieciocho sesiones y concluyó el 16 de septiembre de 681. La clausura tuvo lugar, por tanto, después de la muerte de Agatón. El papa falleció en Roma el 10 de enero de 681, antes de que los decretos conciliares llegaran a Roma para su confirmación formal.5,1

El sucesor de Agatón, el papa León II, aprobó los decretos del concilio en 682. La recepción romana posterior confirmó la autoridad ecuménica de la asamblea y su enseñanza sobre las dos voluntades y las dos operaciones de Cristo.5

La cuestión de Honorio

Honorio I y la controversia

El III Concilio de Constantinopla condenó también de forma póstuma al papa Honorio I, que había gobernado la Iglesia entre 625 y 638. La condena conciliar se relacionó con una carta que Honorio había dirigido a Sergio de Constantinopla durante la controversia monotelita.

El concilio consideró que la carta de Honorio había seguido la posición de Sergio y había confirmado doctrinas contrarias a la fe. Por esa razón, incluyó el nombre de Honorio entre los condenados junto con otros defensores del monotelismo.7,2

La condena de Honorio exige distinguir entre distintos niveles de autoridad eclesial. Una carta pontificia dirigida en una controversia teológica no equivale necesariamente a una definición solemne dirigida a toda la Iglesia con intención de comprometer definitivamente la fe. El episodio pertenece, además, a un periodo anterior a la formulación técnica del dogma de la infalibilidad pontificia realizada en el Concilio Vaticano I.

Infalibilidad y errores de un papa

La Iglesia católica reconcilia la condena de Honorio con la infalibilidad pontificia mediante una distinción fundamental: la infalibilidad no significa impecabilidad, omnisciencia ni inmunidad frente a toda expresión teológica desafortunada. La asistencia divina protege al papa cuando proclama solemnemente una doctrina de fe o de moral para toda la Iglesia en las condiciones propias de una definición infalible. No convierte cada carta, opinión, decisión disciplinar o intervención prudencial en una enseñanza irreformable.

La cuestión de Honorio tampoco equivale a afirmar que la sede romana hubiera enseñado oficialmente el monotelismo como doctrina universal. La documentación conciliar distingue entre la tradición doctrinal de la Iglesia romana, defendida por Agatón, y la responsabilidad concreta atribuida a una carta de Honorio. La propia recepción de la carta de Agatón en Constantinopla muestra que los padres conciliares examinaron las enseñanzas de los pontífices y aprobaron unas mientras condenaban otras.6

Agatón, por su parte, defendió la indefectibilidad de la sede de Pedro: la Iglesia romana permanece vinculada a la tradición apostólica y no queda corrompida por innovaciones heréticas. Esta afirmación se refiere a la asistencia divina concedida a la Iglesia y a su sede apostólica en la custodia de la fe, no a la impecabilidad personal de cada papa ni a la inspiración sobrenatural de cada escrito pontificio.8,9

La condena de Honorio fue recibida posteriormente en el ámbito conciliar y pontificio sin que ello implicara negar la autoridad doctrinal de la sede romana. Agatón defendió la continuidad de la fe apostólica; el concilio examinó las posiciones históricas relacionadas con el monotelismo; y León II aprobó los decretos conciliares. La distinción entre la asistencia doctrinal de la Iglesia y las actuaciones particulares de un pontífice permite comprender el episodio sin identificar infalibilidad con ausencia absoluta de error histórico.

Gobierno eclesial y autoridad pontificia

El caso de Wilfredo de York

Agatón intervino también en el conflicto del obispo Wilfredo de York, depuesto de su sede por decisión del arzobispo Teodoro de Canterbury. Wilfredo acudió a Roma para solicitar la intervención de la Santa Sede.

El papa convocó un sínodo en el Laterano para examinar el caso. La asamblea resolvió a favor de la restitución de Wilfredo en su sede. Este episodio muestra la función judicial y administrativa que Roma ejercía en las disputas episcopales, especialmente cuando un obispo consideraba vulnerados sus derechos canónicos.1

Doctrina y administración

La actuación de Agatón permite distinguir dos dimensiones del gobierno pontificio en el siglo VII:

  1. La autoridad doctrinal, ejercida mediante la defensa de la fe apostólica, la convocatoria de sínodos, la redacción de cartas doctrinales y el envío de legados.
  2. La autoridad administrativa y judicial, ejercida al resolver conflictos de jurisdicción, valorar deposiciones episcopales y proteger los derechos de las sedes.

Ambas dimensiones estaban relacionadas, pero no eran idénticas. Una decisión sobre la pertenencia de un obispo a una sede no constituía por sí misma una definición dogmática. Del mismo modo, una carta doctrinal sobre la fe de la Iglesia tenía un alcance distinto de una resolución administrativa sobre la disciplina episcopal.

El caso de Wilfredo ilustra el ejercicio de la autoridad romana sobre una cuestión concreta de gobierno eclesial. El concilio de Constantinopla, en cambio, trató una controversia que afectaba directamente a la cristología y a la confesión de la fe universal.

Muerte, culto y legado

Agatón murió en Roma el 10 de enero de 681. La tradición sitúa su sepultura en la basílica de San Pedro. La Iglesia católica lo venera como santo y celebra su memoria litúrgica el 10 de enero. También recibe veneración en las Iglesias orientales.1

Su legado comprende tres aspectos principales:

  • La defensa de la doctrina de las dos voluntades y dos operaciones en Cristo.
  • La contribución decisiva a la celebración y recepción del III Concilio de Constantinopla.
  • El ejercicio de la autoridad romana tanto en cuestiones doctrinales como en conflictos administrativos y judiciales.

La importancia histórica de Agatón no depende de la duración de su pontificado, sino de la precisión de su intervención en una crisis que amenazaba la unidad de la Iglesia. Su carta doctrinal ofreció la formulación teológica que el concilio recibió y desarrolló, mientras que su gobierno mostró la creciente responsabilidad de la sede romana en la defensa de la fe y en la resolución de conflictos episcopales.5,10

Significado teológico

La enseñanza asociada a Agatón protege la integridad de la encarnación. Cristo no salva al ser humano desde una humanidad incompleta, sino como verdadero hombre unido personalmente al Verbo eterno. Su voluntad humana es real, libre y obediente; su voluntad divina es la voluntad eterna del Hijo. Ambas actúan en perfecta armonía.

El pontificado de Agatón también ofrece un ejemplo histórico de la relación entre el papa y el concilio ecuménico. El papa presentó la tradición doctrinal de Roma; los padres conciliares examinaron esa enseñanza junto con la Escritura y los Padres; y la recepción posterior de León II confirmó solemnemente las decisiones de la asamblea. Este proceso muestra la cooperación entre la primacía romana y la autoridad conciliar en la custodia de la fe católica.

Citas y referencias

  1. Papa San Agatón. Enciclopedia Católica, Papa San Agatón (1913). 2 3 4 5 6
  2. Concilio III de Constantinopla. Enciclopedia Católica, Concilio III de Constantinopla (1913). 2 3 4 5 6
  3. Papa n.o 79: San Agatón, Magisterio IA. Breve historia de los papas de la Iglesia católica, Papa 79 (2024).
  4. Emmett O’Regan. San Tomás de Aquino y los orígenes de la doctrina de la infalibilidad papal, 12 (2025). 2
  5. Constantinopla III, Edward G. Farrugia. Diccionario enciclopédico del Oriente cristiano, Constantinopla III (2015). 2 3 4 5 6 7 8 9 10
  6. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681) - La carta de Agatón, papa de la Antigua Roma, al emperador, y la carta de Agatón y de 125 obispos del sínodo romano, dirigida al sexto concilio - Nota introductoria, Documento conciliar. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681), La Carta de Agatón, Papa de la Antigua Roma, al Emperador, y la Carta de Agatón y de 125 Obispos del Sínodo Romano, Dirigida al Sexto Concilio (680). 2
  7. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681) - Sesión XIII - La sentencia contra los monotelitas, Documento conciliar. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681), Sesión XIII - La Sentencia contra los Monotelitas (680). 2
  8. Emmett O’Regan. San Tomás de Aquino y los orígenes de la doctrina de la infalibilidad papal, 11 (2025).
  9. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681) - La carta de Agatón y del sínodo romano de 125 obispos que debía servir como instrucción a los legados enviados a asistir al sexto sínodo, Documento conciliar. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681), La Carta de Agatón y del Sínodo Romano de 125 Obispos que debía Servir como Instrucción a los Legados Enviados a Asistir al Sexto Sínodo (680).
  10. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681) - Carta del concilio a San Agatón, Documento conciliar. Concilio III de Constantinopla (d.C. 680-681), Carta del Concilio a San Agatón (680).
Modificado el 6 de septiembre de 2026 • FideScore™ 9.51 • Citar este artículo • Paq. Scorm (LMS) • Sugerir mejora • Compartir artículo • Imprimir artículo • Generar QR • Instalar aplicación • ark:28736/2b7p9gbv0

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