San Ulrico
Ulrico fue obispo de Augsburgo y murió en 973. Su memoria quedó vinculada a la Iglesia de Santa Afra, que él había reconstruido y donde recibió sepultura. La tradición atribuyó numerosos milagros a su tumba y favoreció la expansión de su culto.
En 993, una asamblea reunida en el palacio de Letrán examinó la vida y los milagros de Ulrico. El obispo de Augsburgo, Liutolfo, presentó ante el papa y los obispos reunidos un libro sobre la vida del difunto obispo y solicitó una decisión sobre su veneración.
El procedimiento incluyó la lectura de la Vita Udalrici y del relato de sus milagros. Después, Juan XV promulgó un decreto que autorizaba el culto de Ulrico y ordenaba su veneración como santo. El documento fue suscrito por el papa y por obispos y cardenales presentes en la reunión.
Importancia histórica y jurídica
La canonización de Ulrico ocupa un lugar fundamental en la evolución del derecho canónico de las canonizaciones. La tradición histórica la considera la primera canonización papal formal de la que existe testimonio documental, aunque la Iglesia ya había reconocido anteriormente la santidad de numerosos mártires, obispos, monjes y confesores mediante cultos locales, calendarios, martirologios y la aceptación prolongada de la devoción de los fieles.,
Antes del siglo X, la autoridad del obispo local desempeñaba una función decisiva en el reconocimiento de los santos. El culto podía nacer de la memoria de una comunidad, de la veneración de una tumba, de la elevación de las reliquias o de la aprobación episcopal. La intervención romana existía, pero todavía no había una reserva universal y técnicamente definida de todas las canonizaciones a favor del papa.,
El caso de Ulrico marca un paso decisivo: el papa no se limitó a tolerar un culto ya extendido, sino que participó formalmente en un examen de la vida y los milagros del candidato y emitió una decisión solemne. Por eso, la canonización de 993 constituye un precedente jurídico para la progresiva centralización pontificia de las causas de los santos.,
La evolución posterior fue gradual. Durante siglos coexistieron las canonizaciones papales con reconocimientos episcopales y confirmaciones de cultos locales. La reserva de la canonización a la Santa Sede se consolidó más tarde, especialmente con la legislación atribuida a Alejandro III en el siglo XII y con su incorporación a las decretales de Gregorio IX en 1234.
Por tanto, resulta anacrónico describir el acto de 993 como si ya aplicara el procedimiento moderno de las causas de canonización. Juan XV no actuó mediante una investigación estructurada conforme a las normas actuales, ni la Iglesia del siglo X disponía de la distinción técnica contemporánea entre beatificación y canonización. La importancia del caso reside precisamente en que representa una etapa temprana de la intervención decisoria del pontífice romano.,,