El pontificado de Nicolás II, aunque de corta duración (1058-1061), estuvo marcado por eventos de gran trascendencia y consecuencias duraderas para la Iglesia. Fue un hombre culto e intachable, rodeado de consejeros capaces, entre ellos Hildebrando, quien se convirtió en el «alma del pontificado».
El Decreto de Elección Papal de 1059
Una de las necesidades más apremiantes de la época era la reforma de las elecciones papales, buscando liberarlas de la influencia nefasta de las facciones romanas y del control secular del emperador. Para lograr esto, Nicolás II celebró un sínodo en el Laterano en la Pascua de 1059, al que asistieron 113 obispos. Este sínodo es famoso por su ley sobre las elecciones papales, el decreto In Nomine Domini,.
Este decreto introdujo un nuevo método de elección papal, cuyas estipulaciones principales fueron:
Papel de los Cardenales-Obispos: Tras la muerte del Papa, los cardenales-obispos debían deliberar sobre un candidato y, una vez acordado un nombre, ellos y los demás cardenales procederían a la elección. El resto del clero y los laicos tendrían el derecho de aclamar su elección.
Candidatos: Se debía elegir a un miembro del clero romano, a menos que no se pudiera encontrar un candidato cualificado en la Iglesia romana, en cuyo caso se podría elegir a un eclesiástico de otra diócesis.
Lugar de la Elección: La elección debía celebrarse en Roma, a menos que las circunstancias impidieran una elección libre allí, en cuyo caso podría tener lugar en otro lugar.
Autoridad Apostólica: Si la guerra u otras circunstancias impedían la entronización solemne del nuevo Papa en la Cátedra de San Pedro, este gozaría, no obstante, del ejercicio de plena autoridad apostólica.
Derecho Imperial: Se debía tener en cuenta el derecho de confirmación o reconocimiento concedido al rey Enrique (Enrique IV) y mostrar la misma deferencia a sus sucesores a quienes se les hubiera concedido personalmente un privilegio similar.
Estas estipulaciones constituyeron una nueva ley y, al mismo tiempo, una aprobación implícita del procedimiento seguido en la propia elección de Nicolás II. En cuanto al derecho imperial de confirmación, se redujo a un mero privilegio personal concedido por la Sede Romana. Este decreto causó gran insatisfacción en Alemania, ya que disminuía el derecho imperial de confirmación a una condición precaria de privilegio personal. Sin embargo, asegurado por la protección normanda, Nicolás II pudo renovar el decreto sin temor en el sínodo lateranense de 1060.
Alianza con los Normandos
Para contrarrestar la amenaza de Benedicto X y sus partidarios armados, Nicolás II autorizó a Hildebrando a negociar con los normandos del sur de Italia. A finales de junio de 1059, Nicolás II viajó a Monte Cassino y luego a Melfi, la capital de la Apulia normanda, donde celebró un importante sínodo y concluyó una famosa alianza con los normandos entre julio y agosto de 1059.
En virtud de este acuerdo, el duque Roberto Guiscardo fue investido con la soberanía de Apulia, Calabria y Sicilia (en caso de que la reconquistara de los sarracenos). A cambio, Guiscardo se comprometió a pagar un tributo anual, a mantener sus tierras como vasallo del Papa y a proteger la Sede Romana, sus posesiones y la libertad de las elecciones papales. Un acuerdo similar se concluyó con el príncipe Ricardo de Capua.
Esta alianza proporcionó al papado tropas normandas, lo que le permitió llevar a cabo hostilidades contra Benedicto X en la Campaña. Después de celebrar un sínodo en Benevento, Nicolás II regresó a Roma con un ejército normando que reconquistó Præneste, Tusculum y Numentanum para la Santa Sede y obligó a Benedicto X a capitular en Galeria en el otoño de 1059.
Otras Reformas Eclesiásticas
Durante su pontificado, Nicolás II también se centró en otras reformas eclesiásticas:
Lucha contra la Simoniaca y el Concubinato Clerical: El sínodo de 1059 prohibió las ordenaciones simoníacas, la investidura laica y la asistencia a la Misa de un sacerdote que viviera en concubinato notorio. A principios de su pontificado, Nicolás II envió a San Pedro Damiano y al obispo Anselmo de Lucca como legados a Milán, donde un clero casado y simoniaco había dado origen a un partido reformista conocido como la Pataria. A pesar de un tumultuoso levantamiento, estos enviados lograron obtener del arzobispo Guido y del clero milanés una solemne repudiación de la simonía y el concubinato. Estas condenas de la simonía y el concubinato entre el clero fueron renovadas en el sínodo de 1061.
Reforma de la Vida Canónica: Las reglas que regían la vida de canónigos y monjas, publicadas en la dieta de Aquisgrán (817), fueron abolidas porque permitían la propiedad privada y una alimentación tan abundante que, según los obispos, eran más adecuadas para marineros y matronas intemperantes que para clérigos y monjas.
Condena de Berengario de Tours: Berengario de Tours, cuyas opiniones se oponían a la doctrina de la presencia real de Cristo en la Eucaristía, había sido condenado repetidamente. Apareció en el Concilio de 1059 y fue obligado a firmar una fórmula de abjuración.