La brevedad del pontificado obliga a distinguir entre las intenciones pastorales atribuidas al nuevo papa, las disposiciones administrativas iniciadas durante esos días y las medidas que nunca llegaron a desarrollarse plenamente.
Atención a los pobres
La tradición historiográfica atribuye a Urbano VII una preocupación inmediata por la pobreza en Roma. Ordenó elaborar una relación de los pobres de la ciudad para conocer mejor sus necesidades y socorrerlos. También destinó limosnas a cardenales con rentas insuficientes y atendió problemas económicos relacionados con los montes de piedad de los Estados Pontificios.
Estas iniciativas encajan con una concepción pastoral del gobierno pontificio que vinculaba la autoridad eclesial con la asistencia a los necesitados. En la Roma de finales del siglo XVI, los montes de piedad desempeñaban una función relevante al ofrecer crédito en condiciones menos gravosas que las prácticas usurarias. La atención de Urbano VII a estas instituciones revela interés por la protección económica de los sectores vulnerables.
Abastecimiento y precio del pan
Urbano VII ordenó a los panaderos romanos aumentar el tamaño de los panes y venderlos a un precio inferior. Para compensar las pérdidas, dispuso que la diferencia se sufragara con fondos propios. La medida tenía un carácter social inmediato y respondía a una necesidad básica de la población urbana.
La disposición pertenece más al ámbito de la administración económica de la ciudad que al de una reforma doctrinal o litúrgica. Su importancia reside en la rapidez con que el pontífice intentó atender el coste de los alimentos esenciales.
Moderación del lujo
El nuevo papa quiso limitar el lujo dentro de su entorno inmediato y prohibió que sus camareros pontificios vistieran prendas de seda. La medida pretendía ofrecer un ejemplo de sobriedad y reducir la ostentación asociada a la corte pontificia.
La decisión debe situarse en el contexto de las reformas disciplinares posteriores al Concilio de Trento, que reclamaban mayor austeridad y una conducta más coherente por parte del clero y de los responsables eclesiásticos.
Obras públicas y empleo
Urbano VII ordenó continuar las obras públicas iniciadas durante el pontificado de Sixto V. Además de completar proyectos urbanos, esta política proporcionaba empleo a personas pobres y contribuía a sostener la actividad económica de Roma.
La medida combinaba una finalidad administrativa con una preocupación social. No constituía un programa pontificio desarrollado, pero sí una orientación de gobierno que relacionaba la mejora urbana con la asistencia a los necesitados.
La actuación de la Curia
La documentación pontificia conserva al menos una disposición administrativa promulgada durante su breve pontificado: el nombramiento del cardenal Domenico Pinelli como responsable de una congregación encargada de examinar asuntos temporales de los Estados Pontificios. El documento, fechado el 20 de septiembre de 1590, concedía a Pinelli facultades para tratar causas civiles y criminales pertenecientes al ámbito secular y para expedir escritos en nombre del papa.
Esta decisión muestra que la Curia continuó funcionando pese a la enfermedad del pontífice. Conviene distinguir, por tanto, entre la acción personal de Urbano VII en favor de los pobres y la maquinaria administrativa que debía asegurar la continuidad del gobierno pontificio. La brevedad de su reinado impidió convertir esas primeras orientaciones en una reforma general de la Iglesia o de los Estados Pontificios.