Pena de muerte
La pena de muerte, o pena capital, en la enseñanza católica ha experimentado un desarrollo doctrinal significativo a lo largo de los siglos. Si bien históricamente la Iglesia Católica no condenó intrínsecamente la pena de muerte y la consideró una medida aceptable en circunstancias extremas para salvaguardar el bien común, la enseñanza contemporánea, especialmente a partir de los pontificados recientes, la declara inadmisible en todos los casos debido a su ataque a la inviolabilidad y dignidad de la persona humana. Este cambio refleja una comprensión más profunda de la dignidad inherente a cada individuo, incluso a los criminales más graves, y la evolución de sistemas de detención más eficaces.
Tabla de contenido
La Dignidad Humana como Fundamento
El núcleo de la enseñanza católica sobre la pena de muerte reside en la dignidad inalienable de la persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios1. Esta dignidad no se pierde, incluso después de haber cometido crímenes muy graves2,3,4,5. La Iglesia defiende la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural, y esta defensa se extiende a la vida de los criminales1,6. El Concilio Vaticano II, en Gaudium et Spes, subraya la necesidad de reverencia por cada ser humano, considerando a cada prójimo sin excepción como otro yo, y condena «todo aquello que se opone a la vida misma, como todo género de homicidio»7,8.
Evolución Doctrinal Histórica
A lo largo de la historia, la postura de la Iglesia sobre la pena de muerte ha sido objeto de una evolución doctrinal armoniosa, que no contradice las enseñanzas pasadas, sino que las desarrolla a la luz de una comprensión más profunda de la verdad cristiana y de las circunstancias sociales2,3,9.
Enseñanzas Anteriores
En siglos pasados, cuando los medios de defensa social eran escasos y la sociedad no había alcanzado el nivel de desarrollo actual en derechos humanos, el recurso a la pena de muerte se presentaba ocasionalmente como una consecuencia lógica y justa para proteger el bien común3,9,10,11. Incluso en los Estados Pontificios se aplicó este castigo3,9. Sin embargo, esta aceptación se enmarcaba en una mentalidad más legalista que cristiana, que sobrestimaba el valor de las leyes en detrimento de la misericordia3,9. La enseñanza tradicional permitía la pena capital como un medio legítimo para salvaguardar la vida de las personas inocentes cuando no había otra forma de defender la sociedad12.
El Magisterio Reciente
El Magisterio de los últimos pontífices ha impulsado un cambio significativo en esta postura.
San Juan Pablo II
San Juan Pablo II, en su encíclica Evangelium Vitae (1995), afirmó que la pena de muerte solo debería aplicarse en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando no fuera posible de otra manera defender a la sociedad. Sin embargo, concluyó que, gracias a las mejoras en la organización del sistema penal, tales casos son «muy raros, si no prácticamente inexistentes»12,13. Esta enseñanza ya marcó un fuerte viraje hacia una restricción casi total de su uso.
Benedicto XVI
Benedicto XVI también contribuyó a esta línea, señalando que la abolición de la pena de muerte representaría un «progreso sustantivo» en la conformación del derecho penal tanto a la dignidad humana de los presos como al mantenimiento efectivo del orden público11.
Papa Francisco
El Papa Francisco ha reafirmado y profundizado esta enseñanza, declarando que la pena capital es inadmisible en todos los casos, independientemente de la gravedad del crimen cometido14,15. Sus argumentos se centran en varios puntos clave:
Ataque a la dignidad humana: La pena de muerte es un ataque a la inviolabilidad y dignidad de la persona, una dignidad que no se pierde ni siquiera después de los crímenes más serios14,2,3,4,5.
Contraria al plan de Dios: Contradice el plan de Dios para el hombre y la sociedad, así como su justicia misericordiosa1.
Trato cruel e inhumano: Implica un trato cruel, inhumano y degradante, incluyendo la angustia ante la ejecución y la larga espera en el corredor de la muerte14,1.
Defectuosa selectividad y error judicial: Es rechazada debido a la defectuosa selectividad del sistema de justicia penal y la posibilidad de error judicial14,1. La justicia humana es imperfecta, y su falibilidad puede llevar a la injusticia1.
Falta de redención: Niega al condenado la posibilidad de enmendarse, arrepentirse y alcanzar la redención moral y existencial3,9,1. Dios es un Padre que siempre espera el regreso de sus hijos arrepentidos3,9.
Sistemas de detención eficaces: La sociedad moderna cuenta con sistemas de detención más eficientes que garantizan la protección de los ciudadanos sin necesidad de privar definitivamente al culpable de la posibilidad de redención2,4,10.
El Papa Francisco también ha calificado las cadenas perpetuas como una «pena de muerte encubierta», ya que privan de la posibilidad de redención moral y existencial9,13,16.
Revisión del Catecismo de la Iglesia Católica
En 2018, el Papa Francisco aprobó una nueva revisión del número 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica, que refleja este desarrollo doctrinal. El nuevo texto establece:
«El recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un juicio justo, fue considerado durante mucho tiempo una respuesta adecuada a la gravedad de algunos delitos y un medio aceptable, aunque extremo, para la salvaguarda del bien común. Hoy, sin embargo, existe una conciencia cada vez mayor de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión del sentido de las sanciones penales impuestas por el Estado. En fin, se han desarrollado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la debida protección de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no quitan al reo la posibilidad de redención. Por tanto, la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que “la pena de muerte es inadmisible porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona”, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo»4.
Esta revisión se sitúa en continuidad con el Magisterio precedente, pero representa un desarrollo coherente de la doctrina católica2.
La Pena de Muerte como Fracaso del Estado
El Papa Francisco ha enfatizado que la pena de muerte representa un fracaso para un Estado constitucional, porque obliga al Estado a matar en nombre de la justicia1. La justicia nunca se alcanza matando a un ser humano1. Además, la pena capital es utilizada con frecuencia por regímenes totalitarios y grupos fanáticos para la exterminación de disidentes políticos, minorías y cualquier individuo percibido como una amenaza1,13,16.
Llamado a la Abolición Universal
La Iglesia Católica, a través del Papa Francisco y la Santa Sede, está firmemente comprometida a trabajar por la abolición universal de la pena de muerte4,15. Se ha instado a los Estados que aún no la han abolido a adoptar una moratoria en su aplicación y a reducir los delitos punibles con la muerte9. Este compromiso se extiende también a la mejora de las condiciones carcelarias, en respeto a la dignidad humana de las personas privadas de libertad13,16,17.
Continuidad y Desarrollo Doctrinal
Es crucial entender que la posición actual de la Iglesia no es una contradicción de enseñanzas pasadas, sino un desarrollo de la doctrina2,3,9. La defensa de la dignidad de la vida humana ha sido una constante en la enseñanza de la Iglesia3,9. Sin embargo, la comprensión de cómo se aplica esta defensa ha evolucionado a medida que las sociedades han cambiado y se han desarrollado nuevos medios para proteger el bien común sin recurrir a la pena capital10,11. Este progreso doctrinal se basa en una mayor conciencia de la dignidad humana y en la capacidad de las sociedades modernas para garantizar la seguridad pública a través de sistemas penales que no requieren la eliminación del delincuente2,10.
Conclusión
La enseñanza católica sobre la pena de muerte ha evolucionado hacia una posición de rechazo absoluto, fundamentada en la inviolable dignidad de cada persona humana y en la comprensión de que la justicia y la protección del bien común pueden y deben lograrse por medios que no impliquen la eliminación de una vida. La Iglesia se compromete activamente en la abolición de la pena capital en todo el mundo, promoviendo una justicia que sea tanto paterna como materna, que busque la redención y la reintegración, y que refleje la misericordia divina9.
Citas
Papa Francisco. Carta del Santo Padre al Presidente de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte (2015). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10
Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta a los Obispos sobre la nueva redacción del número 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte, de la Congregación para la Doctrina de la Fe (1 de agosto de 2018), § 7 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7
Papa Francisco. A los participantes en el encuentro promovido por el Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización (11 de octubre de 2017) (2017). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10
La pena de muerte, Congregación para la Doctrina de la Fe. Nueva redacción del número 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte – Rescriptum «ex Audientia SS.mi» (1 de agosto de 2018), § 2267 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Capítulo VII - La guerra y la pena de muerte - La pena de muerte, Papa Francisco. Fratelli Tutti, § 269 (2020). ↩ ↩2
Capítulo III - No matarás - La santa ley de Dios - Del hombre, con respecto a su semejante, pediré cuenta de la vida humana» (Gen 9:5): La vida humana es sagrada e inviolable, Papa Juan Pablo II. Evangelium Vitae, § 57 (1995). ↩
Parte I - La Iglesia y la vocación del hombre - Capítulo II - La comunidad de la humanidad, Concilio Vaticano II. Gaudium et Spes, § 27 (1965). ↩
Parte I - La Iglesia y la vocación del hombre - Capítulo II - La comunidad de la humanidad, Concilio Vaticano II. Gaudium et Spes, § 28 (1965). ↩
Papa Francisco. A la Delegación de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte (17 de diciembre de 2018) (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11
Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta a los Obispos sobre la nueva redacción del número 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte, de la Congregación para la Doctrina de la Fe (1 de agosto de 2018), § 2 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Barrett Turner. Papa Francisco y la pena de muerte: Un avance condicional de la justicia en el derecho de gentes, § 4. ↩ ↩2 ↩3
B1. ¿Una contradicción en la enseñanza de la Iglesia? , Christopher Kaczor. La pena capital y la tradición católica: ¿Contradicción, aplicación circunstancial o desarrollo de la doctrina? , § 4. ↩ ↩2
II. Sobre el primado de la vida y la dignidad de la persona humana - Primatus principii pro homine - A) sobre la pena de muerte, Papa Francisco. A los delegados de la Asociación Internacional de Derecho Penal (23 de octubre de 2014), § II.a (2014). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta a los Obispos sobre la nueva redacción del número 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte, de la Congregación para la Doctrina de la Fe (1 de agosto de 2018), § 6 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Capítulo VII - La guerra y la pena de muerte - La pena de muerte, Papa Francisco. Fratelli Tutti, § 263 (2020). ↩ ↩2
Capítulo VII - La guerra y la pena de muerte - La pena de muerte, Papa Francisco. Fratelli Tutti, § 268 (2020). ↩ ↩2 ↩3
Declaración de la misión de observador permanente de la Santa Sede ante las Naciones Unidas AG 78 – tercer comité, punto 107 del orden del día: Prevención del delito y justicia penal, S. E. Arzobispo Gabriele Giordano Caccia. Declaración De La Santa Sede Al Tercer Comité Sobre El Punto 107 Del Orden Del Día: Prevención Del Delito Y Justicia Penal (Nueva York, 2 de octubre de 2023) (2023). ↩
