La Penitenciaría Apostólica pertenece a los organismos ordinarios de justicia de la Santa Sede, junto con el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica y el Tribunal de la Rota Romana. Los tres organismos poseen competencias propias y actúan de manera independiente entre sí.1
Su ámbito específico no corresponde principalmente al gobierno externo de la Iglesia, sino al fuero interno, es decir, al ámbito de la relación de la persona con Dios y de la conciencia. Este fuero puede ser:
- Sacramental, cuando la cuestión está vinculada al sacramento de la Reconciliación.
- No sacramental, cuando afecta a la conciencia cristiana fuera de la confesión sacramental, aunque conserve una dimensión espiritual y moral.
La Penitenciaría ejerce su competencia sobre ambos ámbitos. Puede conceder absoluciones de censuras, dispensas, conmutaciones, sanaciones, condonaciones y otras gracias.3,1,4
El objetivo de esta actividad no consiste en administrar justicia penal en el sentido ordinario, sino en procurar la salvación de las almas, la reconciliación con Dios y la solución prudente de situaciones que afectan profundamente a la conciencia. La reforma de la Curia Romana presenta los organismos de justicia como instrumentos al servicio de la misión de la Iglesia, cuya ley suprema es la salvación de las almas.1
