Comunidades dedicadas por entero a la contemplación
Las comunidades completamente dedicadas a la contemplación ocupan un lugar honorable en el Cuerpo místico de Cristo. En ellas, el silencio, la soledad, la oración constante y la penitencia sostenida por amor a Dios permanecen incluso ante las exigencias del apostolado activo. El decreto subraya el valor de ese testimonio oculto, que ofrece a Dios el sacrificio de alabanza.
A la vez, Perfectae caritatis pide revisar su modo de vida según los criterios de adaptación y renovación, sin perder con cuidado su retiro del mundo y los ejercicios propios de la vida contemplativa.
Institutos clericales o laicales con apostolado
El decreto contempla comunidades clericales y laicales dedicadas a tareas apostólicas diversas. Su actividad apostólica y caritativa pertenece a la naturaleza misma de la vida religiosa: representa un servicio santo y una obra propia del amor, confiada por la Iglesia para realizarla en su nombre.
Por eso, el apostolado debe brotar de una unión íntima con Cristo y recibir la forma de la «espiritualidad» propia de la vida religiosa. El Concilio exige que las reglas y costumbres se ajusten a las exigencias del apostolado propio y que la renovación tenga en cuenta la diversidad de formas de vida apostólica.
Vida monástica
La vida monástica merece conservación y cuidado. El decreto pide que brille su espíritu auténtico en Oriente y Occidente, y resalta la tarea principal del monje: servir a la majestad divina con humildad y dignidad dentro del monasterio. El monje puede dedicar su vida por completo al culto divino en la vida contemplativa o asumir, legítimamente, alguna obra apostólica u obra de caridad cristiana, respetando las características propias del modo monástico.
El Concilio invita a revitalizar tradiciones antiguas de servicio y a adaptarlas a las necesidades actuales, de modo que los monasterios se conviertan en instituciones para la edificación del pueblo cristiano.