Definición del Catecismo
El Catecismo de la Iglesia Católica (CIC) describe la pornografía como «la remoción de actos sexuales reales o simulados de la intimidad de los cónyuges para mostrarlos deliberadamente a terceros»1. Esta práctica ofende la castidad porque pervierte el don conyugal y lesiona la dignidad de los participantes, convirtiéndolos en objetos de placer ilícito1.
Desarrollo doctrinal de la USCCB
La Comisión Episcopal de los Estados Unidos (USCCB) amplía esta definición, señalando que la pornografía incluye imágenes, escritos y sonidos que presentan actos sexuales fuera del amor matrimonial, y que toda pornografía es inmoral y dañina2. El documento subraya que el acto es gravemente pecaminoso por su objeto, constituyendo un pecado mortal cuando se realiza con pleno conocimiento y consentimiento deliberado2.
Perspectiva teológica
Según la teología del cuerpo de San Juan Pablo II, la sexualidad está destinada al significado nupcial del cuerpo, es decir, a la entrega total entre marido y mujer. La pornografía rompe este sentido al instrumentalizar al ser humano, reduciéndolo a un medio para la gratificación personal3.
