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Prelado

Un prelado en la Iglesia Católica es un clérigo que posee una jurisdicción eclesiástica especial y estable en el fuero externo, o que ha recibido una dignidad honorífica que le confiere precedencia y privilegios. Originalmente, los obispos son los prelados por excelencia, al tener jurisdicción sobre los miembros de la Iglesia por institución divina. Sin embargo, el término se extiende a diversas figuras dentro de la jerarquía eclesiástica, incluyendo a aquellos con jurisdicción cuasi-episcopal, altos funcionarios de la Curia Romana, y aquellos a quienes se les confiere el título y rango de prelado sin un oficio jurisdiccional directo. Todos los prelados suelen ser tratados con el título de «Monsignore» y visten un atuendo distintivo, generalmente de color púrpura.

Tabla de contenido

Definición y Origen

El término prelado proviene del latín praelatus, que significa «el que es llevado o puesto delante», indicando una posición de autoridad o preeminencia. En la Iglesia Católica, un prelado puede ser definido como el titular de una prelatura, es decir, un oficio eclesiástico con una jurisdicción especial y estable en el fuero externo y con una precedencia particular sobre otros oficios eclesiásticos. Alternativamente, puede ser una persona con una dignidad honoraria que conlleva distinciones propias de esta dignidad eclesiástica, pero sin el oficio correspondiente1.

Los obispos son considerados los prelados originales, ya que poseen jurisdicción sobre los miembros de la Iglesia por institución divina1. Su autoridad pastoral es inherente a su ordenación episcopal, y están llamados a gobernar sus Iglesias como verdaderos pastores, enseñando la fe, celebrando el culto divino (especialmente la Eucaristía) y preocupándose por todas las Iglesias en comunión con el Papa2. Los sacerdotes, por su parte, están unidos a los obispos en dignidad sacerdotal y dependen de ellos en el ejercicio de sus funciones pastorales, siendo sus colaboradores prudentes3.

Tipos de Prelados

La categoría de prelado abarca una amplia gama de figuras dentro de la estructura de la Iglesia, que pueden dividirse en prelados reales (con jurisdicción) y honorarios (con distinciones sin oficio jurisdiccional directo)1.

Prelados Reales (con Jurisdicción)

Estos prelados ejercen una autoridad efectiva en un ámbito determinado.

Obispos

Los obispos son los prelados por excelencia, con jurisdicción ordinaria sobre sus diócesis1. La precedencia jerárquica establece que el Papa ocupa el primer lugar, seguido por los cardenales, patriarcas, arzobispos, obispos exentos, obispos sufragáneos y obispos titulares4.

Prelados Nullius Dioeceseos

Un Praelatus Nullius Dioeceseos es un prelado que ejerce una jurisdicción cuasi-episcopal en un territorio que no está comprendido en ninguna diócesis7,1. Esta exención de la jurisdicción episcopal ordinaria proviene directamente del Papa. Sus derechos son cuasi-episcopales, lo que significa que poseen la mayoría de las facultades de un obispo, a menos que la ley canónica se las niegue expresamente. Por ejemplo, si no han recibido la consagración episcopal, no pueden conferir órdenes sagradas, pero si son abades y sacerdotes, pueden otorgar la tonsura y las órdenes menores7.

Abades y Prepósitos de Monasterios

Algunos abades y prepósitos de monasterios son considerados prelados si tienen jurisdicción cuasi-episcopal independiente sobre un territorio especial separado de una diócesis (prelado nullius) o si poseen la distinción permanente y suprema del monasterio, incluso sin poderes episcopales territoriales1.

Funcionarios de la Curia Romana

La Curia Romana cuenta con numerosos prelados debido a la extensión del gobierno de la Iglesia1. Entre los más importantes se encuentran:

Legados Pontificios

Los legados pontificios, como los nuncios, son representantes del Papa con la función principal de fortalecer los lazos de unidad entre la Sede Apostólica y las Iglesias particulares8. Supervisan la administración eclesiástica, informan al Cardenal Secretario de Estado, conceden dispensas en casos reservados al Papa, y llevan a cabo el proceso de información para la nominación de nuevos obispos9.

Prelados Honorarios (sin Jurisdicción Directa)

Estos prelados reciben un título y rango con los correspondientes vestimentas y privilegios, pero sin el oficio o servicio de corte que normalmente se les adjunta1.

Prelaturas Personales

Una prelatura personal es una estructura eclesiástica, similar a las asociaciones públicas clericales de derecho pontificio con facultad para incardinar clérigos11. Se rige por estatutos establecidos por la Sede Apostólica y está presidida por un Prelado como Moderador, dotado de las facultades de un Ordinario11. Este Prelado tiene el derecho de establecer seminarios nacionales o internacionales e incardinar estudiantes, promoviéndolos a las órdenes con el título de servicio de la prelatura11. El Prelado, como Moderador, debe proveer tanto la formación espiritual de los ordenados con este título como su sustento11.

Desde la reforma de la Curia Romana, la prelatura personal depende del Dicasterio para el Clero, que evalúa las cuestiones relativas en colaboración con otros Dicasterios de la Curia Romana12. Anteriormente, dependía de la Sagrada Congregación para los Obispos12.

Títulos y Vestimenta

Todos los prelados tienen el título de «Monsignore» y un atuendo especial de color púrpura que corresponde a su rango1. Los prelados de mayor rango gozan de privilegios adicionales1.

En cuanto a las formas de tratamiento, se acostumbra a dirigirse a los cardenales como «Su Eminencia», a los arzobispos como «Su Excelencia» o «Su Gracia», y a los obispos como «Su Excelencia» o «Su Señoría»13. Para otros prelados, como los camarlengos y capellanes papales, se utiliza el término «Monsignore»13.

Precedencia

La precedencia en la Iglesia Católica se rige por el rango en la jerarquía, tanto de jurisdicción como de orden4. La regla general es que «quien es primero en el tiempo, es más poderoso en el derecho» (Qui prior est tempore, potior est jure)4.

El orden de precedencia es el siguiente: el Papa siempre ocupa el primer lugar, seguido por los cardenales, patriarcas, arzobispos, obispos exentos, obispos sufragáneos, obispos titulares y prelados nullius4. Dentro de estas categorías, la prioridad de ordenación y promoción determina la precedencia4. Los cardenales, en particular, son los siguientes en dignidad después del Papa14. En sus propias diócesis, los obispos tienen precedencia sobre obispos y arzobispos forasteros, pero no sobre su propio metropolitano4.

Conclusión

El concepto de prelado en la Iglesia Católica es multifacético, abarcando a aquellos que ejercen una jurisdicción significativa en el gobierno de la Iglesia, así como a quienes han sido honrados con títulos y privilegios que reflejan su servicio y cercanía al Santo Padre. Desde los obispos, quienes son prelados por institución divina, hasta los diversos funcionarios de la Curia Romana y los prelados honorarios, todos contribuyen de manera única a la estructura y misión de la Iglesia, manteniendo la unidad y el orden jerárquico bajo la autoridad del Romano Pontífice. La distinción entre prelados reales y honorarios, junto con el desarrollo de las prelaturas personales, demuestra la adaptabilidad y riqueza de la organización eclesiástica a lo largo de la historia.

Citas

  1. Prelado, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Prelado. 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18

  2. Sección II, i. Los credos, Catecismo de la Iglesia Católica, §párrafo 939.

  3. Sección segunda los siete sacramentos de la Iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica, §párrafo 1595.

  4. Precedencia, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Precedencia. 2 3 4 5 6

  5. Jerarquía, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Jerarquía.

  6. Ordinario, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Ordinario.

  7. Praelatus Nullius, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Praelatus Nullius. 2

  8. Capítulo V. Legados del Romano Pontífice, Código de Derecho Canónico, § 364 (1983).

  9. Nuncio, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Nuncio.

  10. Monseñor, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Monseñor.

  11. Título IV. Prelaturas personales, Código de Derecho Canónico, § 295 (1983). 2 3 4

  12. Juan Pablo obispo siervo de los siervos de Dios para perpetua memoria del asunto - V, Papa Juan Pablo II. Ut sit (1982). 2

  13. Tratamientos eclesiásticos, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Tratamientos Eclesiásticos. 2

  14. Lección vigesimoquinta. Sobre la extremaunción y las órdenes sagradas, Tercer Concilio Plenario de Baltimore. Un Catecismo de Doctrina Cristiana (El Catecismo de Baltimore n.º 3), § 986 (1954).