Proceso de examen de un milagro
El proceso de examen de un milagro es el procedimiento riguroso que la Iglesia Católica sigue para determinar si un hecho extraordinario, generalmente una curación inexplicable, puede ser reconocido como un auténtico milagro atribuido a la intercesión de un santo. Este proceso, esencial para la beatificación y canonización, combina la investigación diocesa, la evaluación de expertos médicos, el análisis teológico y la decisión final de la Congregación para las Causas de los Santos, culminando con la ratificación papal. A lo largo del artículo se describen las bases canónicas, las etapas concretas y los criterios empleados, ilustrándose con casos recientes aprobados por la Santa Sede.
Tabla de contenido
Marco jurídico y doctrinal
Normas canónicas y apostólicas
La Apostólica Constitución Divinus Perfectionis Magister establece que la Congregación para las Causas de los Santos cuenta con una Junta de expertos médicos encargada de examinar curaciones propuestas como milagros1. Asimismo, el mismo documento describe el procedimiento interno de la Congregación, que incluye la revisión por parte de los consultores teólogos y, finalmente, la decisión de los Cardenales y Obispos2.
Reglamento del Medical Board (2016)
El Reglamento de 2016 detalla la composición (siete miembros, incluido el presidente) y el funcionamiento de la Junta Médica, indicando que el Postulador puede presentar aclaraciones si las conclusiones son negativas y que, en caso de nueva evaluación, se convoca una junta distinta con expertos diferentes3.
Requisitos de milagro para la beatificación y canonización
Según la Enciclopedia Católica, la beatificación requiere la comprobación de un milagro (dos en caso de canonización), que debe ser demostrado mediante procesos ordinarios o apostólicos y validado por la Congregación antes de la firma papal4.
Etapas del proceso de examen
1. Investigación diocesa
El obispo local, o su delegado, inicia la investigación solicitando testimonios y documentos médicos. Según las Nuevas Leyes (artículo 34), el obispo debe encargar a un médico que formule preguntas a los testigos y, si el curado está vivo, que sea examinado por expertos para constatar la duración de la curación5.
2. Evaluación médica
a) Convocatoria de la Junta Médica
Una vez reunidos los documentos, el Undersecretary convoca a la Junta Médica, enviándoles el Factispecies Chronologica, el Summarium y los informes periciales de los médicos ex officio3.
b) Criterios de la Junta
Los médicos deben determinar que la curación es rápida, completa, duradera y científicamente inexplicable. Ejemplos de decretos que reflejan estos criterios incluyen la curación de Paolina Maria Jaricot declarada «veloz, perfecta y constante, e inexplicable según las leyes de la ciencia»6, y casos similares de José Gregorio Hernández y Elisabetta Czacka7,8.
c) Resultado y posibles revisiones
Si la junta concluye negativamente, el postulador puede presentar nuevas pruebas; una segunda junta, compuesta por nuevos expertos, puede ser convocada según el artículo 10 del Reglamento3.
3. Evaluación teológica
Tras el dictamen médico, el caso pasa a los consultores teólogos, quienes analizan la intervención divina y la relación con la intercesión del beato o beata. La Congregación celebra una Congregación Peculiar de consultores teológicos, como la celebrada el 26 de marzo de 2020 para el caso de Elisabetta Czacka8.
4. Decisión de la Congregación (Cardenales y Obispos)
Los votos de los Cardenales y Obispos se recogen en una Sesión Ordinaria; si la mayoría es favorable, el caso se remite al Papa. Ejemplos recientes muestran decisiones afirmativas en sesiones del 5 de mayo de 2020 (Jaricot) y del 17 de junio de 2020 (Hernández)6,7.
5. Ratificación papal
El Prefecto de la Congregación informa al Papa, quien otorga la autorización final para publicar el decreto de milagro. En los casos citados, el Papa Francisco confirmó los decretos tras la recomendación del Prefecto6.
Criterios específicos de la Junta Médica
Inexplicabilidad científica: la curación no puede ser atribuida a tratamientos médicos conocidos ni a la evolución natural de la enfermedad.
Inmediación y permanencia: la mejoría debe ser rápida y mantenerse sin recaídas durante un período suficiente para excluir remisiones espontáneas.
Ausencia de fraude: se verifica la autenticidad de los documentos y la presencia de testigos fiables, según el artículo 22 de las Nuevas Leyes que obliga a citar a los médicos tratantes o, en su ausencia, a obtener sus declaraciones escritas9.
Criterios teológicos
Causalidad divina: debe existir una clara relación entre la oración al candidato a la santidad y la ocurrencia del milagro.
Carácter extraordinario: el evento debe superar la capacidad humana y natural, reforzando la fe en la intercesión del santo.
Compatibilidad con la doctrina: el milagro no debe contradecir la fe o la moral católica.
Ejemplos recientes de decretos de milagro
Santo/a | Lugar de la investigación | Fecha de la Junta Médica | Conclusión de la Junta |
---|---|---|---|
Paolina Maria Jaricot | Lyon | 19 sep 2019 | Curación veloz, perfecta y constante, inexplicable6 |
José Gregorio Hernández | San Fernando de Apure | 9 ene 2020 | Curación rápida, perfecta y constante, inexplicable7 |
Elisabetta Czacka | Varsovia‑Praga | 9 ene 2020 | Curación rápida, completa, duradera, inexplicable8 |
Dulce Lopes Pontes | (no especificado) | 10 ene 2019 | Curación de ceguera inexplicable10 |
Estos casos ilustran la aplicación práctica de los criterios médicos y teológicos descritos.
Comentario histórico
Desde la Bula de Benedicto XIV (1743) que creó el gremio de médicos expertos, la Iglesia ha buscado un equilibrio entre la fe y la razón. La Constitución Apostólica Divinus Perfectionis Magister (1983) renovó el proceso, incorporando la Junta Médica como órgano permanente y subrayando la necesidad de una evaluación científica rigurosa1. Las reformas posteriores, como el Reglamento de 2016, modernizaron la operatividad, estableciendo normas claras para la composición y el funcionamiento de la junta3.
Conclusión
El proceso de examen de un milagro constituye una muestra del compromiso de la Iglesia con la veracidad y la responsabilidad al reconocer la acción divina. Mediante una investigación meticulosa, la evaluación de expertos médicos, el discernimiento teológico y la autoridad papal, la Iglesia procura que cada milagro declarado sea un testimonio fiable de la intercesión de los santos y un estímulo para la fe de los fieles.
Citas
II - La sagrada congregación para las causas de los santos, Papa Juan Pablo II. Divinus Perfectionis Magister (25 de enero de 1983), § 12 (1983). ↩ ↩2
III - Procedimiento en la sagrada congregación, Papa Juan Pablo II. Divinus Perfectionis Magister (25 de enero de 1983), § 14 (1983). ↩
Prefacio, Congregación para las Causas de los Santos. Reglamento de la Junta Médica de la Congregación para las Causas de los Santos (2016). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Beatificación y canonización, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Beatificación y Canonización. ↩
Congregación para las Causas de los Santos. Nuevas Leyes para las Causas de los Santos, § 34 (1983). ↩
Dicasterio para las Causas de los Santos. Pauline Marie Jaricot: Decreto sobre el Milagro (2022). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Dicasterio para las Causas de los Santos. José Gregorio Hernández Cisneros: Decreto, §Decreto sobre el Milagro (2021). ↩ ↩2 ↩3
Dicasterio para las Causas de los Santos. Elisabetta Czacka: Decreto, §Decreto sobre el Milagro (2021). ↩ ↩2 ↩3
Congregación para las Causas de los Santos. Nuevas Leyes para las Causas de los Santos, § 22 (1983). ↩
«iter» della causa - B) in vista della canonizzazione, El Dicasterio para las Causas de los Santos. Dulce Lopes Pontes (1914-1992) - biografía (2019). ↩