En la liturgia romana, propio designa las partes de la celebración que corresponden a días o fiestas determinados. El propio del tiempo reúne los textos vinculados a los tiempos y domingos del año litúrgico; el propio de los santos recoge las celebraciones particulares de los santos. Esos textos pueden incluir antífonas, oraciones, lecturas y otros elementos destinados a la misa o a la Liturgia de las Horas.1
El calendario litúrgico puede ser general o particular. El primero organiza las celebraciones de todo el rito romano; los calendarios particulares incorporan las celebraciones propias de una Iglesia local o de una familia religiosa, integrándolas en el ciclo común. La norma litúrgica contempla calendarios particulares para diócesis y también calendarios comunes a una provincia, una región o una nación.2
Por tanto, el propio de México no constituye un calendario independiente del romano. Añade celebraciones y textos propios al calendario general, que conserva su estructura y precedencia. El propio de las misas y de la Liturgia de las Horas complementa los libros litúrgicos romanos y depende de ellos para el ordinario de las celebraciones y los comunes.2,3



