La bioética católica distingue, al menos de manera práctica, entre tratamientos que resultan proporcionados y otros que son desproporcionados (o extraordinarios en sentido moral, según el contexto). La proporcionalidad no se reduce a una comparación numérica entre «cuánto dura» o «cuánta calidad» ofrece el tratamiento, sino que considera el bien integral del enfermo y el sentido propio de la acción médica: promover la vida.
En este marco, el Magisterio recuerda que, cuando se aproxima el final de la existencia terrena, la dignidad de la persona humana comporta el derecho a «morir con la mayor serenidad posible» y con la dignidad humana y cristiana intacta.1
Además, se afirma que «precipitar la muerte o retrasarla mediante lo que se llama ‘tratamientos médicos agresivos’ priva a la muerte de la debida dignidad».1
