La unión sexual dentro del matrimonio
La Iglesia enseña que todo acto genital humano debe mantenerse dentro del matrimonio. La Declaración Persona humana, publicada por la Congregación para la Doctrina de la Fe en 1975, rechazó expresamente la pretensión de justificar las relaciones sexuales anteriores al matrimonio mediante una intención firme de casarse o mediante un amor considerado ya conyugal.
La misma Declaración relaciona la unión sexual con la estabilidad matrimonial. La unión conyugal no constituye un acto aislado, sino una expresión corporal de una alianza de vida que debe garantizar la exclusividad de los esposos, el bien de la familia y la acogida responsable de los hijos.
Esta doctrina forma parte de la enseñanza constante de la Iglesia. Persona humana recoge, entre otros antecedentes, una carta de Inocencio IV de 1254, una condena de proposiciones bajo Pío II, decretos del Santo Oficio y la encíclica Casti connubii de Pío XI, publicada en 1930.,
La intención de casarse no equivale al matrimonio
Una objeción frecuente sostiene que las relaciones sexuales pueden considerarse legítimas cuando los novios han decidido casarse. La moral católica no acepta esa equivalencia. La intención, incluso firme y sincera, mira hacia un matrimonio futuro; el consentimiento matrimonial, en cambio, constituye el matrimonio en el presente.
La diferencia resulta decisiva. Antes de la celebración matrimonial, cada persona conserva la posibilidad real de retirar su consentimiento. Después del matrimonio, los esposos han asumido públicamente una alianza estable y unas obligaciones recíprocas. La unión sexual anticipa corporalmente una entrega total que el noviazgo todavía no ha constituido definitivamente.
Tampoco basta un afecto intenso. El amor verdadero no depende solo de la emoción o del deseo, sino que incluye una decisión irrevocable, una fidelidad pública y la disposición a formar una familia. El matrimonio ofrece el marco social y jurídico que protege esa entrega y la vincula al bien de los hijos y de la comunidad.,
Las dificultades externas no modifican la norma
La prolongación del noviazgo, las dificultades económicas, la falta de vivienda o el retraso de la celebración matrimonial pueden hacer más exigente la continencia. La preparación pastoral de los jóvenes reconoce que diversos factores sociales tienden a retrasar el compromiso matrimonial.
Sin embargo, esas dificultades no transforman una relación prematrimonial en una relación conyugal. La Iglesia distingue entre la dificultad para cumplir una norma moral y la supresión de la norma. La respuesta cristiana procura acompañar a los novios, ayudarles a discernir su vocación y ofrecerles medios concretos para vivir con coherencia, sin presentar las circunstancias adversas como una nueva forma de matrimonio.