La Iglesia comprende la ordenación como un ministerio recibido en comunión con la misión confiada por Cristo a sus enviados. Nadie atribuye a sí mismo la misión de predicar y actuar en nombre de Cristo; Dios la da y la confiere mediante ministerios autorizados por su autoridad.1
En la celebración litúrgica, todo el pueblo participa según su papel propio, pero algunos fieles reciben el sacramento del Orden para representar a Cristo como Cabeza del Cuerpo eclesial, ejerciendo así un ministerio específico.2,3
Por eso, la Iglesia no ordena por iniciativa privada ni por simple deseo individual. La disciplina sacramental y canónica regula el acceso al Orden Sagrado con criterios de idoneidad y capacidad real para servir a la Iglesia con fidelidad. La ley eclesial sostiene que la autoridad eclesiástica tiene la responsabilidad y el derecho de llamar a quien va a recibir las sagradas órdenes, y limita la admisión a quienes cumplen las condiciones establecidas.4
