Requisitos del Bautismo
El Bautismo es el sacramento de iniciación cristiana que, según la doctrina católica, confiere la gracia santificante, borra el pecado original y hace a la persona miembro pleno del Cuerpo de Cristo. Para que este sacramento sea válido es necesario observar una serie de requisitos que abarcan la materia y la forma del rito, la intención del ministro, la condición del candidato y la preparación adecuada de todos los involucrados. El presente artículo expone, con fundamento en el Código de Derecho Canónico, el Catecismo de la Iglesia Católica y la teología patrística, los requisitos esenciales y extraordinarios del Bautismo, diferenciando entre adultos e infantes, y señalando las disposiciones para casos de urgencia.
Tabla de contenido
Naturaleza del sacramento
El Bautismo es un sacramento de salvación instituido por Cristo y confiado a la Iglesia (cf. Mateo 28:19‑20). Su eficacia proviene de la sacra Trinidad y se manifiesta mediante el uso de agua natural y la invocación trinitaria1,2.
Requisitos esenciales
Materia y forma
Materia: agua verdadera y natural, sin distinción de temperatura1,3.
Forma: la fórmula trinitaria «Yo te bautizo en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo»1,2.
Intención del ministro
El ministro debe tener la intención de hacer lo que la Iglesia hace al bautizar, es decir, aplicar la gracia sacramental mediante la fórmula y el agua prescritas2,4.
Ministerio ordinario y extraordinario
Ministerio ordinario: obispo, presbítero y, en la Iglesia Latina, diácono5,2.
Ministerio extraordinario: en caso de necesidad, cualquier persona —incluido un laico, una mujer, un pagano o un hereje— puede bautizar siempre que cumpla con la forma y la intención adecuadas1,2.
Requisitos del candidato
Adultos
Manifestación de voluntad de recibir el sacramento.
Instrucción suficiente en la fe cristiana (catecumenado) y prueba de vida cristiana (arrepentimiento y deseo de vivir según el Evangelio)6.
Deseo de recibir la gracia y compromiso de observar los mandamientos7.
Infantes
Consentimiento de los padres (o de quien legalmente los represente)8.
Esperanza fundada de que el niño será criado en la fe católica; si esta esperanza falta, el bautismo debe posponerse hasta que se aclare la situación8.
Patrocinio: al menos un padrino o madrina que asuma la responsabilidad de acompañar al bautizado en su vida cristiana9.
Preparación y catequesis
El Código de Derecho Canónico exige que los padres y padrinos reciban una instrucción adecuada sobre el significado del sacramento y sus obligaciones (cán. 851)10. Además, el agua a emplear debe estar bendecida según los libros litúrgicos (cán. 853)11 y la celebración debe realizarse según el rito aprobado (cán. 850)12.
En la liturgia occidental, la Rite of Baptism for Children describe la secuencia: oración de bendición del agua, renuncia al demonio, profesión de fe, inmersión o infusión y, finalmente, la unción con crisma y la entrega de la vela y la vestidura blanca13.
Consentimiento y patrocinio
Padres: deben dar su consentimiento libre y consciente (cán. 868 § 1)8.
Padrinos: deben ser católicos practicantes, haber recibido la Confirmación y estar preparados para guiar al bautizado en la fe (normas canónicas y tradición eclesial)9.
Casos de urgencia y bautismo de necesidad
Cuando la vida del candidato está en peligro, cualquier cristiano puede administrar el sacramento, siempre que cumpla con la forma y la intención correctas2,14. En tales situaciones, el rito puede limitarse a la triple imposición de agua y la fórmula trinitaria, posponiéndose posteriormente la completa celebración (incluyendo la crismación) cuando sea posible14.
Validez y nulidad del sacramento
Para que el Bautismo sea válido, se requieren:
Agua verdadera (cán. 849)15.
Fórmula trinitaria (cán. 849)15.
Intención adecuada del ministro (cán. 861)4.
Ministerio ordinario o intención válida en caso de necesidad (cán. 861)4.
Si alguno de estos elementos falta, el sacramento es nulo y debe repetirse, salvo que se haya realizado por un ministro ordinario con la intención correcta, en cuyo caso el sacramento es válido aunque el ministro no estuviera autorizado en situaciones extraordinarias1.
Efectos del Bautismo
El Bautismo borra el pecado original, confiere la gracia santificante, imprime un carácter indeleble (no se repite) y incorpora al bautizado al Cuerpo de Cristo (cán. 849, CCC 1121)15,16. Además, es la puerta de los demás sacramentos y el fundamento de la vida cristiana (CCC 985)7.
Citas
Parte 2: Los sacramentos de la Iglesia - Bautismo, Tomás de Aquino. Sobre los Artículos de la Fe (De articulis fidei), §Parte 2 (1261). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Sección segunda los siete sacramentos de la Iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1256. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6
Bautismo, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Bautismo. ↩
Capítulo II. El ministro del bautismo, . Código de Derecho Canónico, § 861 (1983). ↩ ↩2 ↩3
Parte segunda. Capítulo primero - Los sacramentos de la iniciación cristiana. ¿Dónde se celebra la liturgia? , Promulgado por el Papa Benedicto XVI. Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, § 260 (2005). ↩
Capítulo III. Aquellos que deben ser bautizados, . Código de Derecho Canónico, § 865 (1983). ↩
Sección segunda I. Los credos, Catecismo de la Iglesia Católica, § 985. ↩ ↩2
Capítulo III. Aquellos que deben ser bautizados, . Código de Derecho Canónico, § 868 (1983). ↩ ↩2 ↩3
Capítulo VII - Los sacramentos de la iniciación cristiana - 44. La importancia de la preparación para el bautismo y el papel del padrino, Congregación para las Iglesias Orientales. Instrucción para la aplicación de las prescripciones litúrgicas del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, § 44 (1996). ↩ ↩2
Capítulo I. La celebración del bautismo, . Código de Derecho Canónico, § 851 (1983). ↩
Capítulo I. La celebración del bautismo, . Código de Derecho Canónico, § 853 (1983). ↩
Capítulo I. La celebración del bautismo, . Código de Derecho Canónico, § 850 (1983). ↩
Estructura del rito de bautizar niños - A. Orden del bautismo celebrado por el ministro ordinario, Comité Internacional sobre el Inglés en la Liturgia. Rito del Bautismo de Niños, Introducción, § 18 (1969). ↩
Parte segunda - La oración de la Iglesia - II. La oración de la comunidad eclesial - C. Los santos misterios de la vida cristiana - 1. Los santos misterios de la iniciación cristiana - A. El santo misterio del bautismo 8) el celebrante del misterio del bautismo, Sínodo de la Iglesia greco-católica ucraniana. Catecismo de la Iglesia Católica Ucraniana: Cristo – Nuestra Pascua, § 423 (2016). ↩ ↩2
Título I. Bautismo, . Código de Derecho Canónico, § 849 (1983). ↩ ↩2 ↩3
Sección primera la economía sacramental, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1121. ↩