El pacto conyugal: comunión de toda la vida
La doctrina católica define el matrimonio como un pacto por el que un hombre y una mujer establecen entre sí una alianza de toda la vida, orientada por su propia naturaleza al bien de los cónyuges, así como a la procreación y educación de los hijos.1
Esta alianza no reduce el matrimonio a un simple acuerdo afectivo o social. El matrimonio integra la entrega personal y la dimensión comunitaria de la vida conyugal: el amor conyugal alcanza su verdad cuando incluye compromiso estable, fidelidad y apertura a la transmisión de la vida.2
El matrimonio como sacramento entre bautizados
El matrimonio entre bautizados no puede ser un contrato meramente civil: el mismo pacto conyugal, cuando existe entre bautizados, se eleva a la dignidad de sacramento.1
El derecho canónico vincula con claridad esta consecuencia: el contrato matrimonial válido entre bautizados no puede carecer de sacramentalidad.1
Un matrimonio verdadero exige una forma de entrega «para siempre»
La Iglesia enseña que la vocación del amor humano se realiza en dos modos específicos: el matrimonio y la virginidad o celibato. En el matrimonio, los esposos se entregan totalmente y hasta la muerte; esa totalidad incluye la realidad corporal y la dimensión personal de toda la vida.2
La comunión conyugal crece a través de la fidelidad cotidiana a la promesa matrimonial, y hunde sus raíces en la complementariedad natural entre el hombre y la mujer, perfeccionada y elevada por la gracia del sacramento.3

