La Revelación divina establece el respeto a los bienes ajenos como un precepto esencial para la convivencia humana y la santificación personal. En el Antiguo Testamento, el séptimo mandamiento forma parte del Decálogo entregado a Moisés en el Sinaí, donde se prohíbe explícitamente codiciar la casa, el campo, el siervo o cualquier posesión del prójimo: «No codiciarás la casa de tu prójimo; no codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada que sea de tu prójimo».4 Esta norma no solo veta el hurto material, sino que ataca la raíz del desorden interior: la avaricia.
En el Nuevo Testamento, Jesús profundiza esta enseñanza. Al joven rico que afirma haber cumplido los mandamientos, le responde: «Si quieres ser perfecto, vete, vende lo que tienes, dáselo a los pobres y tendrás un tesoro en el cielo; luego ven y sígueme».5,6 Cristo no suprime la Ley, sino que la perfecciona, invitando a descubrir su sentido pleno en la imitación de su pobreza voluntaria y en la caridad hacia los necesitados.7 Los Apóstoles refuerzan esta perspectiva: San Pablo condena a los ladrones junto a otros pecadores, excluyéndolos del Reino si no se arrepienten.8
Enseñanzas patrísticas
Los Padres de la Iglesia interpretaron el respeto a los bienes ajenos como un deber de justicia restaurativa. San Ambrosio de Milán afirmaba: «No estás haciendo una limosna de lo tuyo al pobre, sino que le estás devolviendo lo que es suyo. Tú te estás apropiando de bienes que están destinados al uso común de todos. La tierra es de todos, no de los ricos».9 Tertuliano, por su parte, veía en el mandato evangélico a los ricos una confirmación de que Cristo no destruye la Ley, sino que la cumple añadiendo preceptos de caridad.10
