La teología sacramental distingue entre:
- La materia sacramental, es decir, el signo sensible que pertenece esencialmente al sacramento.
- La forma sacramental, constituida por las palabras que determinan el significado del signo.
- Los ritos complementarios, que enriquecen la celebración, explican su sentido o manifiestan sus efectos, pero no resultan necesarios para la validez del sacramento.
La misma acción física -colocar o extender las manos- puede tener un valor sacramental en una celebración y un valor simplemente simbólico o devocional en otra. Por eso, nadie puede determinar el significado de la imposición de manos sin atender al rito completo.
La imposición de manos en el sacramento del Orden
La imposición de manos ocupa un lugar esencial en las ordenaciones de diáconos, presbíteros y obispos. La constitución apostólica Sacramentum Ordinis, de Pío XII, determinó que la materia de los tres grados del sacramento del Orden consiste en la imposición de las manos, mientras que la forma está constituida por las palabras que determinan su aplicación y significan el poder del Orden y la gracia del Espíritu Santo.
La imposición de manos corresponde al obispo ordenante. En la ordenación presbiteral, también los presbíteros presentes imponen las manos después del obispo, aunque el gesto del obispo posee el valor sacramental propio de la ordenación. El silencio que acompaña la primera imposición manifiesta que el gesto no actúa de forma autónoma: queda unido a la oración de ordenación, que interpreta y determina su significado.
Ordenación diaconal
En la ordenación diaconal, el obispo impone una vez las manos sobre la cabeza del candidato. La oración de ordenación invoca sobre él el Espíritu Santo y pide la gracia necesaria para cumplir fielmente el ministerio diaconal.
La imposición de manos y la oración forman una unidad litúrgica. El gesto corporal expresa la entrega del candidato a Dios y la acción de la Iglesia, mientras que la oración proclama la gracia y la misión recibidas.
Ordenación presbiteral
En la ordenación presbiteral, el obispo impone las manos en silencio sobre la cabeza del candidato. Después, los presbíteros presentes repiten el gesto como signo de acogida del nuevo presbítero en el presbiterio. La oración de ordenación pide para él la dignidad del presbiterado, el espíritu de santidad y la capacidad de ejercer fielmente el ministerio recibido.,
La tradición litúrgica latina ha conocido otras acciones asociadas a la ordenación, entre ellas la entrega de instrumentos. Sin embargo, Sacramentum Ordinis declaró que la imposición de manos y las palabras correspondientes constituyen la materia y la forma necesarias para la validez de las órdenes del diaconado, del presbiterado y del episcopado; la entrega de instrumentos no resulta necesaria para esa validez.,
Ordenación episcopal
En la ordenación o consagración episcopal, el obispo consagrante impone las manos sobre el elegido. La oración de ordenación pide la plenitud del ministerio sacerdotal y la gracia necesaria para ejercer la misión episcopal.
La imposición de manos sobre la cabeza manifiesta aquí la transmisión sacramental del episcopado dentro de la sucesión apostólica. El gesto expresa visiblemente que el nuevo obispo recibe un ministerio que procede de Cristo y que la Iglesia transmite mediante el sacramento del Orden.
Contacto físico y validez
La normativa litúrgica exige que la imposición de manos tenga contacto físico con la cabeza del ordenando. La constitución Sacramentum Ordinis precisa que, para la validez, incluso un contacto moral puede bastar en determinadas circunstancias; la norma ordinaria, sin embargo, reclama el contacto físico de las manos con la cabeza del candidato.
Esta precisión pertenece al ámbito de la teología sacramental y del derecho litúrgico. No autoriza a separar el gesto de la intención sacramental, de la oración y de la forma establecida por la Iglesia.
La imposición de manos en la Confirmación
La imposición de manos forma parte de la tradición de la Confirmación. Los Hechos de los Apóstoles presentan a Pedro y Juan imponiendo las manos sobre los bautizados de Samaría para que recibieran el Espíritu Santo. La Iglesia ha conservado este gesto en las epíclesis sacramentales, es decir, en las invocaciones mediante las cuales pide al Padre el don del Espíritu Santo.
La tradición latina relaciona estrechamente la imposición de manos con la unción con el santo crisma. La imposición general de manos que precede a la unción expresa la invocación del Espíritu Santo sobre los confirmandos; la unción sacramental con el crisma, acompañada de las palabras propias del sacramento, comunica el don sacramental de la Confirmación. La tradición teológica antigua discutió la relación exacta entre ambos gestos, pero la celebración católica integra ambos signos en una única acción sacramental.
La imposición de manos en la Confirmación no ordena al bautizado para un ministerio jerárquico. Su finalidad consiste en fortalecer la gracia bautismal y vincular más plenamente al cristiano con la Iglesia y con la misión de dar testimonio de Cristo.