La tesis de la «necesidad de restaurar» una autoridad legítima
En un plano histórico-doctrinal, las formulaciones más características del sedevacantismo se parecen a la condena que Pío IX dirige contra quienes atribuyen a la jerarquía una defección doctrinal: el texto destaca que ciertos «hijos de perdición» intentan «transferir» la verdadera autoridad de jurisdicción del Papa y de los obispos a «la gente» o «la comunidad», y —sobre todo— sostiene que llegan a afirmar que el Romano Pontífice y los obispos habrían caído en herejía al aprobar las definiciones del Concilio Vaticano I. La consecuencia, según esa crítica, sería negar la indefectibilidad de la Iglesia y afirmar que «su Cabeza visible… y los obispos… han errado», llegando incluso a considerar «necesaria» la «restauración» de una episcopación «legítima» mediante un «seudo-obispo».
Aunque el contexto inmediato del documento no sea idéntico al del sedevacantismo moderno, el esquema teológico-lógico descrito —herejía atribuida a la cabeza visible, negación práctica de la indefectibilidad, y propuesta de restauración de una autoridad «legítima» por fuera del orden ordinario— constituye el patrón doctrinal que, en la práctica, muchos identifican con el sedevacantismo.
Jurisdicción y «Papas herejes» en la teología escolástica
Una de las piezas argumentales más citadas en ambientes tradicionalistas es la afirmación, presente en la teología polémica de autores como Roberto Belarmino, de que un Papa manifiestamente hereje «por sí mismo» dejaría de ser Papa y Cabeza, del mismo modo que dejaría de ser un cristiano miembro del Cuerpo. El argumento se resume en que «un hereje manifiesto» dejaría de poseer esa cualidad por la que permanece unido al cuerpo eclesial y a su comunión, y que por eso podría ser juzgado y castigado por la Iglesia.
El mismo autor añade que los Padres antiguos enseñarían que los herejes manifiestos «pierden inmediatamente toda jurisdicción» y que, si intentan actuar con potestad, sus actos serían inválidos cuando entran en materia de jurisdicción.,
En el marco del sedevacantismo, esta línea teológica se combina con una premisa sobre la situación doctrinal actual: si la autoridad vigente se considera comprometida con errores (por ejemplo, mediante la aprobación de enseñanzas o cambios interpretados como incompatibles con la fe), entonces —según esa lógica— se concluye que no existe jurisdicción verdadera o que el oficio no se conserva.,