Sínodo de los obispos
El Sínodo de los Obispos es una institución eclesiástica central y permanente de la Iglesia Católica, establecida por el Papa Pablo VI el 15 de septiembre de 1965, como uno de los frutos más preciados del Concilio Vaticano II1,2. Su propósito es proporcionar asistencia más efectiva al Romano Pontífice, a través de obispos elegidos de diversas partes del mundo, para la consulta y colaboración en asuntos de importancia para el bien de toda la Iglesia2,3. Aunque históricamente ha tenido un papel principalmente consultivo, el Sínodo ha evolucionado para fomentar la sinodalidad, la colegialidad y una mayor participación de todo el Pueblo de Dios en la vida y misión de la Iglesia4,5.
Tabla de contenido
Origen e Historia
El concepto de «sínodo», derivado de las palabras griegas «συν» (con) y «όδός» (camino), evoca la idea de un «camino común» de los cristianos o la asamblea de aquellos que han sido convocados por Dios3. Históricamente, se refiere a asambleas eclesiales convocadas en varios niveles para discernir cuestiones doctrinales, litúrgicas, canónicas y pastorales a la luz de la Palabra de Dios y la escucha del Espíritu Santo3.
La institución del Sínodo de los Obispos se remonta a las solicitudes surgidas durante el Concilio Vaticano II2. El 14 de septiembre de 1965, el Papa Pablo VI anunció a los Padres Conciliares su decisión de establecer un organismo conocido como el Sínodo de los Obispos2. Al día siguiente, promulgó el Motu Proprio Apostolica Sollicitudo, instituyendo formalmente el Sínodo de los Obispos2,3. Este organismo fue concebido como una institución eclesiástica central, que representa a todo el episcopado católico, de naturaleza perpetua y que ejerce su función temporalmente cuando es convocado2. La inspiración y el fundamento teológico para su institución fue la enseñanza de Lumen Gentium sobre la colegialidad, que establece que todos los obispos de la Iglesia, con el Papa a la cabeza, forman un único colegio con autoridad suprema y plena sobre la Iglesia universal3.
Desde su creación, el Sínodo ha celebrado numerosas Asambleas Sinodales, que han demostrado ser un instrumento valioso para el conocimiento compartido entre los obispos, la oración común, el intercambio honesto, la profundización de la doctrina cristiana, la reforma de las estructuras eclesiásticas y la promoción de la actividad pastoral en todo el mundo1. El Papa Juan Pablo II y, más recientemente, el Papa Francisco, han enfatizado la importancia de mejorar este instrumento para expresar más plenamente la responsabilidad pastoral colegial6.
Naturaleza y Propósito
El Sínodo de los Obispos es una manifestación particular de la comunión episcopal (episcopalis communio) con y bajo Pedro1. Aunque es una institución nueva, su inspiración es antigua y ha proporcionado un apoyo eficaz al Romano Pontífice en asuntos de gran importancia1. Representa a todo el episcopado católico y demuestra el hecho de que todos los obispos están en comunión jerárquica en la solicitud por la Iglesia universal1.
Carácter Consultivo y Deliberativo
Inicialmente, el Sínodo de los Obispos ejercía normalmente un papel consultivo, ofreciendo información y consejo al Romano Pontífice sobre diversas cuestiones eclesiales2. Sin embargo, también puede gozar de poder deliberativo si el Romano Pontífice así lo desea2,7,8. El Código de Derecho Canónico establece que el Sínodo discute las cuestiones de su agenda y expresa sus deseos, pero no las resuelve ni emite decretos, a menos que el Papa le haya otorgado poder deliberativo y ratifique sus decisiones7,8. El hecho de que el Sínodo tenga ordinariamente un papel consultivo no disminuye su importancia, ya que su propósito es siempre la búsqueda de la verdad o el bien de la Iglesia7.
La Sinodalidad como Proceso Eclesial
Con el tiempo, el Sínodo de los Obispos ha evolucionado de ser un «evento» a un «proceso eclesial», especialmente con la Constitución Apostólica Episcopalis Communio del Papa Francisco en 20184,5. Este proceso se articula en tres fases sucesivas: preparatoria, celebratoria e implementadora5. Esta transformación busca fomentar la relación esencial entre el Pueblo de Dios, el Colegio de Obispos y el Papa, donde cada uno participa plenamente según su propia función4.
Estructura y Funcionamiento
El Sínodo de los Obispos es una estructura sinodal permanente9. Está compuesto por obispos, en su mayoría nombrados por las Conferencias Episcopales, con la aprobación del Papa2.
Tipos de Asambleas Sinodales
El Sínodo puede ser convocado en diferentes tipos de asambleas:
Asambleas Generales Ordinarias: Abordan temas que conciernen al bien de la Iglesia universal.
Asambleas Generales Extraordinarias: Se convocan para asuntos que requieren una solución rápida.
Asambleas Especiales: Se centran en cuestiones de regiones geográficas específicas.
Participación y Composición
La composición de la Asamblea Sinodal refleja la catolicidad de la Iglesia4. Si bien el Sínodo conserva su naturaleza episcopal, la participación de no-obispos (sacerdotes, diáconos, religiosos y religiosas, laicos y laicas) ha sido extendida y aprobada por el Papa Francisco en 20235. Esta inclusión subraya la dimensión sinodal constitutiva de la Iglesia y el ejercicio de la autoridad episcopal en una Iglesia que es esencialmente relacional y sinodal para la misión4,5. La combinación de la implicación de todos (el santo Pueblo de Dios), el ministerio de algunos (el Colegio de Obispos) y la presidencia de uno (el Sucesor de Pedro) es fundamental para el proceso sinodal y sus Asambleas4.
La Secretaría General del Sínodo de los Obispos
La Secretaría General del Sínodo de los Obispos, compuesta por el Secretario General y un Consejo especial de Obispos, se ha fortalecido gradualmente en sus funciones. Esto asegura la estabilidad estructural del Sínodo entre las diversas Asambleas Sinodales6.
La Sinodalidad en la Vida de la Iglesia
El concepto de sinodalidad ha cobrado una importancia creciente en la Iglesia contemporánea, especialmente bajo el pontificado del Papa Francisco. La sinodalidad se entiende como la forma específica en que la Iglesia vive y opera, implicando la participación y el discernimiento de todos los miembros del Pueblo de Dios en su misión4.
Colegialidad y Sinodalidad
La institución del Sínodo de los Obispos es una expresión de la colegialidad episcopal dentro de una Iglesia enteramente sinodal9. La colegialidad se refiere a la unión de los obispos con el Papa en el gobierno de la Iglesia universal, mientras que la sinodalidad abarca una participación más amplia de todos los bautizados en el camino de la Iglesia3,4.
Documentos Clave
Varios documentos han contribuido a la comprensión y el desarrollo de la sinodalidad y el Sínodo de los Obispos:
Apostolica Sollicitudo (1965) del Papa Pablo VI: Estableció formalmente el Sínodo de los Obispos2,3.
Pastores Gregis (2003) del Papa Juan Pablo II: Destacó la importancia del Sínodo como expresión de la corresponsabilidad de todo el episcopado7.
Synodality in the life and mission of the Church (2018) de la Comisión Teológica Internacional: Profundizó en el significado teológico de la sinodalidad9,10.
Episcopalis Communio (2018) del Papa Francisco: Transformó el Sínodo de un evento a un proceso eclesial, enfatizando la participación de todo el Pueblo de Dios4,5.
Documento Final de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos - Por una Iglesia Sinodal: Comunión, Participación, Misión (2024): Refleja los avances en la comprensión de la sinodalidad y la participación en las Asambleas Sinodales4.
Conclusión
El Sínodo de los Obispos, desde su institución por el Papa Pablo VI, ha sido un instrumento vital para la Iglesia Católica, permitiendo una mayor comunión y colaboración entre el Sucesor de Pedro y el episcopado mundial1. Su evolución, especialmente bajo el Papa Francisco, hacia un proceso sinodal más inclusivo, subraya la importancia de la participación de todo el Pueblo de Dios en la vida y misión de la Iglesia4,5. Al fomentar la sinodalidad y la colegialidad, el Sínodo de los Obispos continúa siendo un lugar privilegiado para el discernimiento y la búsqueda del bien de la Iglesia universal en un mundo en constante cambio4,10.
Citas
Papa Francisco. Episcopalis Communio, § 1 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6
Papa Francisco. Episcopalis Communio, § 3 (2018). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10
B1 - La historia reciente del concepto de sinodalidad (1965–2023), Nicholas J. Healy Jr. Comunión, Autoridad Sacramental y los Límites de la Sinodalidad, §Communio: Revista Católica Internacional, vol. 48, n.º 4 (Invierno 2021) (2021). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7
Parte IV - Una pesca abundante - El servicio del obispo de Roma, Sínodo de los Obispos. Documento final de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos - Por una Iglesia sinodal: Comunión, Participación, Misión, § 136 (2024). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12
La asamblea general ordinaria del sínodo de los obispos - 7. Entonces, ¿cuál es el significado de la inclusión de no obispos entre los miembros de la asamblea sinodal? ¿cambia, por tanto, la naturaleza episcopal de la asamblea? , Sínodo de los Obispos. La Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, § 7 (2023). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7
Papa Francisco. Episcopalis Communio, § 4 (2018). ↩ ↩2
Capítulo seis - El sínodo de los obispos, Papa Juan Pablo II. Pastores gregis, § 58 (2003). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
John M. McDermott, S.J. ¿Eso realmente sucedió en el Vaticano II? Reflexiones sobre el libro reciente de John O’Malley, § 38. ↩ ↩2
Capítulo 3 - Implementando la sinodalidad: Sujetos, estructuras, procesos y eventos sinodales - 3.4 sinodalidad en la Iglesia universal - 3.4.2 el sínodo de los obispos, Comisión Teológica Internacional. La sinodalidad en la vida y la misión de la Iglesia, § 99 (2018). ↩ ↩2 ↩3
Capítulo 1 - La sinodalidad en la escritura, en la tradición y en la historia - 1.3 el desarrollo del procedimiento sinodal en el segundo milenio, Comisión Teológica Internacional. La sinodalidad en la vida y la misión de la Iglesia, § 41 (2018). ↩ ↩2