Traditionis Custodes
La Carta Apostólica Traditionis custodes (Custodios de la Tradición), emitida por el Papa Francisco el 16 de julio de 2021, es un Motu Proprio que establece nuevas normas sobre el uso del Misal Romano anterior a la reforma litúrgica de 1970. Este documento revoca las disposiciones más amplias de su predecesor, el Motu Proprio Summorum Pontificum de Benedicto XVI (2007), y reafirma la autoridad exclusiva del obispo diocesano para regular las celebraciones litúrgicas en su diócesis. El objetivo principal de Traditionis custodes es restablecer la unidad del Rito Romano, declarando que los libros litúrgicos promulgados por los Papas San Pablo VI y San Juan Pablo II, de conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, son la única expresión de la lex orandi (regla de oración) del Rito Romano.
Tabla de contenido
Contexto Histórico y Litúrgico
Para comprender el significado de Traditionis custodes, es esencial revisar el contexto de la reforma litúrgica post-Vaticano II y los documentos papales anteriores que abordaron el uso del Misal de 1962.
La Reforma Litúrgica del Concilio Vaticano II
El Concilio Vaticano II, a través de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia, Sacrosanctum Concilium (1963), inició una restauración general de la liturgia con el objetivo de que el pueblo cristiano pudiera obtener con mayor certeza una abundancia de gracias de ella1. El Concilio declaró que la Iglesia deseaba preservar todos los ritos legítimamente reconocidos, pero también que los ritos debían ser revisados cuidadosamente a la luz de la sana tradición y adaptados a las necesidades de los tiempos modernos2. El propósito de la reforma era que la naturaleza intrínseca y la finalidad de las diversas partes de la Misa se manifestaran más claramente, facilitando la participación devota y activa de los fieles3.
Tras el Concilio, esta reforma se llevó a cabo con la promulgación del Missale Romanum de 1970 por el Papa San Pablo VI, que reemplazó al Misal de 1962 (editado por San Juan XXIII)4. Los libros litúrgicos promulgados después del Concilio Vaticano II son la expresión de la reforma litúrgica querida por los Padres conciliares5.
Documentos Anteriores sobre el Uso del Misal de 1962
La facultad de usar el Misal Romano de 1962 (a menudo denominado la Forma Extraordinaria del Rito Romano o la Misa Tradicional en Latín) fue concedida por los predecesores del Papa Francisco con una intención pastoral específica: fomentar la unidad eclesial5.
Ecclesia Dei (1988): San Juan Pablo II, a través de un Motu Proprio, exhortó a los obispos a hacer un uso amplio y generoso de la facultad de usar el Misal de 1962, buscando facilitar la comunión eclesial de los católicos apegados a las formas litúrgicas anteriores6,4. Esta medida se motivó, sobre todo, por el deseo de sanar el cisma con el movimiento de Mons. Lefebvre5.
Summorum Pontificum (2007): El Papa Benedicto XVI intervino para ofrecer una regulación jurídica más clara, declarando que el Misal de San Pío V, revisado por San Juan XXIII en 1962, debía considerarse una expresión extraordinaria de la misma lex orandi del Rito Romano, junto con la forma ordinaria promulgada por San Pablo VI6. Summorum Pontificum amplió significativamente la posibilidad de uso del Misal de 1962, permitiendo a cualquier sacerdote del rito latino usarlo en Misas sin congregación sin necesidad de permiso, y pidiendo a los párrocos que accedieran de buena gana a las solicitudes de grupos estables de fieles para celebraciones públicas6.
Motivos para la Intervención de 2021
El Papa Francisco, en su carta a los obispos que acompaña a Traditionis custodes, explicó que la decisión de intervenir se basó en una consulta detallada a los obispos de todo el mundo realizada en 20204. Las respuestas revelaron una situación que lo «preocupa y entristece»5. Según el Papa, la oportunidad ofrecida por sus predecesores, destinada a recuperar la unidad, fue a menudo «instrumentalizada para ampliar las brechas, endurecer las divergencias y alentar los desacuerdos que hieren a la Iglesia»5.
El Papa Francisco lamentó que el uso del Misal de 1962 se caracterizara con frecuencia por un rechazo no solo a la reforma litúrgica, sino al mismo Concilio Vaticano II, con afirmaciones «infundadas e insostenibles» de que traicionó la Tradición y la «verdadera Iglesia»5. Por lo tanto, el objetivo de Traditionis custodes es reafirmar la unidad y volver a una única forma de celebración del Rito Romano7.
Disposiciones Clave de Traditionis Custodes
El Motu Proprio Traditionis custodes (TC) establece un nuevo marco normativo que restringe el uso de los libros litúrgicos anteriores a la reforma de 1970.
La Lex Orandi Única del Rito Romano
El artículo 1 de Traditionis custodes establece el principio fundamental:
«Los libros litúrgicos promulgados por los santos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II, de conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, son la única expresión de la lex orandi del Rito Romano.»4
Esta declaración revoca la distinción de «forma ordinaria» y «forma extraordinaria» establecida por Summorum Pontificum6.
Competencia Exclusiva del Obispo Diocesano
El Motu Proprio devuelve al obispo diocesano la competencia exclusiva para autorizar el uso del Misal Romano de 1962 en su diócesis4. Como moderador, promotor y custodio de toda la vida litúrgica de su Iglesia particular, el obispo debe trabajar para que su diócesis regrese a una forma celebrativa unitaria7,8.
Normas para el Uso del Misal de 1962
El documento establece directrices estrictas para los obispos que autoricen el uso continuado del Misal de 1962:
Lugares de Celebración: El obispo debe designar uno o más lugares donde los fieles adheridos a estos grupos puedan reunirse para la celebración eucarística, pero no en las iglesias parroquiales y sin la erección de nuevas parroquias personales4.
Lecturas en Lengua Vernácula: En estas celebraciones, las lecturas deben ser proclamadas en lengua vernácula, utilizando traducciones de la Sagrada Escritura aprobadas para uso litúrgico por las respectivas Conferencias Episcopales4.
Sacerdote Delegado: El obispo debe nombrar un sacerdote delegado idóneo, competente en el uso del Misal de 1962, y animado por una viva caridad pastoral y un sentido de comunión eclesial4. Este sacerdote debe tener como objetivo el retorno de los fieles al Rito Romano promulgado por San Pablo VI y San Juan Pablo II5.
Confirmación de Grupos Existentes: El obispo debe verificar si las parroquias personales canónicamente erigidas para el beneficio de estos fieles son efectivas para su crecimiento espiritual, y decidir si deben mantenerse4.
Restricciones para Sacerdotes
El Motu Proprio también impone restricciones específicas a los sacerdotes:
Sacerdotes Ordenados Antes de TC: Los sacerdotes que ya celebraban según el Misal de 1962 deben solicitar al obispo diocesano la autorización para continuar disfrutando de esta facultad4.
Sacerdotes Ordenados Después de TC: Los sacerdotes ordenados después de la publicación de Traditionis custodes que deseen celebrar con el Misal de 1962 deben presentar una solicitud formal al obispo, quien deberá consultar a la Sede Apostólica antes de conceder esta autorización4. Esta dispensa está reservada de manera especial a la Sede Apostólica9,10.
Implementación y Aclaraciones Posteriores
Tras la publicación de Traditionis custodes, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos (actualmente Dicasterio) emitió documentos adicionales para aclarar su aplicación.
Responsa ad Dubia (2021)
En diciembre de 2021, el Dicasterio para el Culto Divino publicó las Responsa ad dubia (Respuestas a las dudas) junto con Notas Explicativas, con el fin de guiar la correcta aplicación del Motu Proprio8. Estas respuestas enfatizaron que el propósito de toda norma prescrita es «preservar el don de la comunión eclesial caminando juntos… en la dirección indicada por el Santo Padre»8.
Entre las aclaraciones más importantes se encuentran:
Uso de Otros Libros Litúrgicos Antiguos: No se debe conceder permiso para usar el Rituale Romanum (Ritual Romano) y el Pontificale Romanum (Pontifical Romano) anteriores a la reforma litúrgica, ya que estos libros, junto con todas las normas y concesiones anteriores, han sido abrogados7,8. Sin embargo, después del discernimiento, el obispo diocesano está autorizado a conceder permiso para usar solo el Rituale Romanum de 1952, y solo a las parroquias personales canónicamente erigidas que celebren con el Misal de 19628.
Restricción de Ubicaciones: Se prohibió el uso de iglesias parroquiales para las celebraciones con el Misal de 1962, a menos que el obispo obtenga una dispensa especial de la Sede Apostólica4,9.
Rescriptum ex Audientia SS.MI (2023)
En febrero de 2023, el Papa Francisco confirmó las disposiciones de Traditionis custodes y las Responsa ad dubia mediante un Rescriptum (Rescripto), reafirmando que ciertas dispensas quedan reservadas de manera especial a la Sede Apostólica10,9:
El uso de una iglesia parroquial o la erección de una parroquia personal para la celebración eucarística usando el Missale Romanum de 196210.
La concesión de permiso a los sacerdotes ordenados después de la publicación de Traditionis custodes para celebrar con el Misal Romano de 196210.
Si un obispo diocesano ha concedido dispensas en estos dos casos, está obligado a informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales10.
Significado Teológico y Eclesial
Traditionis custodes es un acto de gobierno papal que busca asegurar la unidad litúrgica y doctrinal de la Iglesia Católica de Rito Romano.
El documento subraya que la Tradición de la Iglesia debe entenderse dentro de una dinámica que «se origina en los Apóstoles y progresa en la Iglesia con la asistencia del Espíritu Santo» (Dei Verbum, 8)5. El Concilio Vaticano II es presentado como una etapa reciente de esta dinámica, donde el episcopado católico ejerció su poder colegial de manera solemne cum Petro et sub Petro (con Pedro y bajo Pedro)5.
Al declarar que los libros litúrgicos post-conciliares son la única expresión de la lex orandi del Rito Romano, el Papa Francisco busca consolidar la reforma litúrgica como una expresión necesaria y fiel de la Tradición de la Iglesia. La intención es clara: evitar que la diversidad de sensibilidades litúrgicas se convierta en una causa de división o en un rechazo de la enseñanza y la autoridad del Concilio Vaticano II5,11. El deber de los obispos, cum Petro et sub Petro, es salvaguardar la comunión11.
Citas
Capítulo I - Principios generales para la restauración y promoción de la sagrada liturgia - III. La reforma de la sagrada liturgia - A) normas generales, Concilio Vaticano II. Sacrosanctum Concilium, § 21 (1963). ↩
Introducción, Concilio Vaticano II. Sacrosanctum Concilium, § 4 (1963). ↩
Capítulo II - El santísimo misterio de la eucaristía, Concilio Vaticano II. Sacrosanctum Concilium, § 50 (1963). ↩
Carta apostólica emitida «motu proprio» por el sumo pontífice - Sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1977 - Traducción oficial, Congregación para la Doctrina de la Fe. Traditionis Custodes (2021). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12
Papa Francisco. Carta del Santo Padre a los Obispos de todo el mundo, que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data «Traditionis custodes» (2021). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10
Carta apostólica dada motu proprio summorum pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1978, Papa Benedicto XVI. Summorum Pontificum (2007). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Nota explicativa, Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Responsa ad dubia sobre algunas disposiciones de la Carta Apostólica en forma de «Motu Proprio» Traditionis custodes (4 de diciembre de 2021), §Traditionis custodes. Art. 1, 8 (2021). ↩ ↩2 ↩3
Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Responsa ad Dubia sobre ciertas disposiciones de la Carta Apostólica Traditionis Custodes emitida «Motu Proprio» por el Sumo Pontífice (2021). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Rescriptum ex audientia SS.MI (2023). ↩ ↩2 ↩3
Rescriptum ex audientia SS.MI, Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Rescriptum Ex Audientia (2023). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Ai presidenti delle conferenze dei vescovi, Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Responsa ad dubia sobre algunas disposiciones de la Carta Apostólica en forma de «Motu Proprio» Traditionis custodes (4 de diciembre de 2021), §Prefacio (2021). ↩ ↩2