Un voto es una promesa deliberada y libre hecha a Dios sobre un bien posible y mejor1. Los votos pueden ser privados o públicos, y dentro de los públicos, se distinguen entre votos simples y votos solemnes2. La solemnidad de un voto no reside meramente en la forma de su pronunciación, sino en el reconocimiento y la recepción por parte de la Iglesia, que le confiere un estatus jurídico y espiritual particular2.
Históricamente, la distinción entre votos simples y solemnes surgió en los siglos XII y XIII1. Mientras que los votos simples son promesas hechas a Dios que, aunque serias, no producen los mismos efectos canónicos que los votos solemnes, estos últimos implican una entrega más radical y un cambio de estado en la persona1. La solemnidad se añade a aquellas obligaciones que poseen una fijeza perpetua entre los hombres, como el matrimonio o la profesión religiosa, donde algo se entrega irrevocablemente3. En el contexto de la vida religiosa, la profesión de votos solemnes implica una consagración a Dios a través del ministerio de la Iglesia, incorporando al profeso en un instituto con derechos y deberes definidos por la ley4,5.
